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Dictamen del Consejo, de 31 de enero de 2000, sobre el programa de convergencia actualizado de Grecia, 1999-2002

CELEX
32000A0302(04)
Document type
OPIN
Sector
Legislation
Date of document
2000-01-31
In force since
2000-01-31
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Dictamen del Consejo, de 31 de enero de 2000, sobre el programa de convergencia actualizado de Grecia, 1999-2002 Diario Oficial n° C 060 de 02/03/2000 p. 0004 - 0004 DICTAMEN DEL CONSEJO de 31 de enero de 2000 sobre el programa de convergencia actualizado de Grecia, 1999-2002 (2000/C 60/04) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas(1) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 9, Vista la Recomendación de la Comisión, Previa consulta al Comité económico y financiero, HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:

El 31 de enero de 2000, el Consejo examinó el programa de convergencia actualizado de 1999 de Grecia, que abarca el período 1999-2002. El Consejo observa que la actualización de 1999 mantiene como objetivo central el cumplimiento de los criterios de convergencia que permitirían a Grecia participar en la unión monetaria a partir de enero de 2001. Las políticas presupuestarias y estructurales expuestas en el programa se ajustan a las orientaciones generales de política económica para 1999. El Consejo observa con satisfacción que la evolución durante el pasado año indica el logro del objetivo presupuestario establecido en el programa de convergencia de 1998: a finales de 1999, el déficit público se estima en el 1,5 % del PIB, lo que constituye una cifra inferior en 0,6 puntos procentuales del PIB a la prevista en el programa de 1998; la proporción de deuda se redujo 1,2 puntos procentuales, pasando a representar el 104,2 % del PIB.

El programa actualizado se basa en unas previsiones macroeconómicas de fuerte crecimiento impulsado por la inversión y de estabilidad de precios a medio plazo. Basándose en la consolidación presupuestaria lograda hasta la fecha y en las favorables perspectivas de crecimiento del PIB, la actualización de 1999 prevé el paso de una situación de déficit público a un superávit del 0,2 % del PIB en 2002. Se prevé que la proporción entre la deuda y el PIB se reduzca hasta el 98 % del PIB en 2002. El Consejo considera que la situación presupuestaria subyacente proporciona un margen de seguridad adecuado para impedir que durante la vigencia del Programa el déficit rebase el límite del 3 % del PIB en circunstancias normales.

En este sentido, el Programa de convergencia actualizado cumple con las exigencias del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Durante el pasado año se realizaron avances considerables en la reducción de la inflación de precios; en 1998, el deflactor del consumo privado superó marginalmente en 1998 las previsiones del programa de 1998, mientras que la estimación para 1999 no se desvía del índice medio de aumento del 2,5 % previsto; sin embargo, el aumento de los precios del petróleo está frenando el proceso de desinflación. El Consejo considera que, en el marco de elevado crecimiento previsto en el programa de convergencia, Grecia deberá realizar un esfuerzo especial para garantizar que los avances realizados en materia de desinflación adquieren un carácter permanente; este esfuerzo parece tanto más necesario a la luz de la convergencia de las condiciones monetarias existentes en Grecia hacia las imperantes en la zona euro y de las posibles repercusiones de esta evolución sobre la demanda y los precios; en este contexto, el Consejo acoge favorablemente la revaluación del tipo central de la dracma a partir del 17 de enero de 2000, que respaldarán los esfuerzos de las autoridades por seguir reduciendo la inflación en Grecia; el Consejo insta al Gobierno griego a reforzar la orientación antiinflacionista de sus políticas, incluidas las políticas presupuestaria y de rentas; los convenios salariales de 2000, tanto en el sector público como en el privado, y la cooperación de todos los interlocutores sociales son esenciales para mantener un marco de baja inflación.

En cuanto a la política presupuestaria, el Consejo considera los objetivos presupuestarios establecidos en el Programa como niveles mínimos e insta a las autoridades griegas a hacer todo lo que esté en su mano para lograr unos resultados superiores a los previstos; además, el Consejo estima que las autoridades griegas deben estar dispuestas a endurecer la política fiscal aún más a partir de 2001 en caso de que aparezcan tensiones inflacionistas. El Consejo entiende que en Grecia se han realizado avances considerables recientemente al emprenderse reformas estructurales, principalmente en el ámbito del funcionamiento del sector público en sentido amplio, e insta al Gobierno griego a continuar decididamente en esta dirección, reforzando el impulso de las reformas con vistas a fomentar las condiciones de competencia y el buen funcionamiento de los mercados de trabajo, de bienes y de capitales; tales reformas son necesarias tanto para mejorar el potencial de producción de la economía como para reducir las tensiones inflacionistas.

(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.

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