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Decisión del Consejo de 17 de julio de 2000 por la que se designan las organizaciones representativas de los productores y de los trabajadores que deberán elaborar las listas de candidatos para los representantes de los productores y de los trabajadores en el Comité consultivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero

CELEX
32000D0826(01)
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2000-07-17
In force since
2000-07-17
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Decisión del Consejo de 17 de julio de 2000 por la que se designan las organizaciones representativas de los productores y de los trabajadores que deberán elaborar las listas de candidatos para los representantes de los productores y de los trabajadores en el Comité consultivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero Diario Oficial n° C 246 de 26/08/2000 p. 0001 - 0003 Decisión del Consejo de 17 de julio de 2000 por la que se designan las organizaciones representativas de los productores y de los trabajadores que deberán elaborar las listas de candidatos para los representantes de los productores y de los trabajadores en el Comité consultivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (2000/C 246/01) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el artículo 18 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, Considerando lo siguiente:

(1) Procede renovar el Comité consultivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, cuyo mandato expirará el 11 de octubre de 2000. (2) Procede designar en primer lugar las organizaciones representativas de los productores y de los trabajadores que deberán elaborar las listas de doble candidatura para el número de puestos que se les atribuye. (3) Los Gobiernos de los Estados miembros han presentado las correspondientes comunicaciones. DECIDE: Artículo 1 Las organizaciones representativas de los productores y de los trabajadores indicadas en el cuadro anejo a la presente Decisión quedan designadas para elaborar las listas de candidatos sobre cuya base se nombrarán, en número igual al indicado en el mismo cuadro frente a cada una de las citadas organizaciones, los miembros que representarán a los productores y a los trabajadores en el Comité consultivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero.

Artículo 2 La designación de una de las organizaciones representativas de los trabajadores del Reino Unido será objeto de una decisión posterior. Artículo 3 La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas a efectos informativos. Hecho en Bruselas, el 17 de julio de 2000. Por el Consejo El Presidente J. Glavany ANEXO >SITIO PARA UN CUADRO>

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