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Resolución del Consejo de 12 de febrero de 2001 sobre la aplicación de los sistemas nacionales de fijación del precio de los libros

CELEX
32001G0306(02)
Document type
RES
Sector
Legislation
Date of document
2001-02-12
In force since
2001-02-12
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Resolución del Consejo de 12 de febrero de 2001 sobre la aplicación de los sistemas nacionales de fijación del precio de los libros Diario Oficial n° C 073 de 06/03/2001 p. 0005 - 0005 Resolución del Consejo de 12 de febrero de 2001 sobre la aplicación de los sistemas nacionales de fijación del precio de los libros (2001/C 73/03) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, 1. RECORDANDO que la Comunidad debe tener presentes en sus acciones los aspectos culturales con vista, en particular, a respetar y promover la diversidad de sus culturas; 2. RECORDANDO que en su Decisión de 21 de agosto de 1997 y posteriormente en su Resolución de 8 de febrero de 1999, de la que se hizo eco el Consejo Europeo de Colonia de los días 3 y 4 de junio de 1999, reconocía el doble carácter del libro, tanto de portador de valores culturales como de mercancía, y la necesidad de sopesar los aspectos culturales y económicos del libro;

3. RECORDANDO la libertad de cada Estado miembro, en su política a favor del libro y la lectura, a optar o no por un sistema nacional de precios para los libros, bajo una forma legislativa o contractual; 4. CONSIDERANDO la defensa, por parte de varios Estados miembros de los sistemas nacionales de precio fijo para los libros, como medio de tener en cuenta las particularidades culturales y económicas del libro y de que los lectores puedan acceder, en condiciones óptimas, a una vasta oferta; 5. RECORDANDO las decisiones y las posiciones de la Comisión en la materia, y en particular la carta de 12 de noviembre de 1998 dirigida por los miembros de la Comisión responsables de la cultura y de la competencia a los ministros encargados de los asuntos culturales;

6. TOMANDO nota de los trabajos del coloquio, organizado en Estrasburgo los días 29 y 30 de septiembre de 2000, sobre "La economía de la industria del libro en Europa", que permitieron profundizar en la reflexión sobre la singularidad del libro, la evolución de su difusión, los modos de regulación de su mercado y la incidencia del formato digital en su economía; 7. REITERA que las zonas lingüísticas homogéneas constituyen un espacio importante de difusión del libro y añaden una dimensión transnacional al mercado del libro, que hay que tener en cuenta; 8. CONSIDERA que el desarrollo del comercio electrónico, que modifica el contexto jurídico y económico del sector del libro, puede ampliar la difusión del libro pero también afectar, entre otras cosas, a los sistemas nacionales existentes de precio fijo;

9. CONSIDERA que, en estas circunstancias, la consecución de los objetivos culturales perseguidos por los sistemas nacionales de precio fijo existentes requiere que se tenga en cuenta la dimensión transnacional de ciertos mercados del libro, dentro del cumplimiento del Derecho comunitario, INVITA A LA COMISIÓN: a) a tener en cuenta, al aplicar las normas en materia de competencia y de libre circulación de mercancías, el valor cultural particular del libro y su importancia para el fomento de la diversidad cultural, así como la dimensión transnacional del mercado del libro; b) a poner especial atención al examinar las normativas y acuerdos nacionales relativos al precio fijo de los libros, en tanto en cuanto afectan al comercio entre los Estados miembros: - en los riesgos de aumento de las elusiones, - en las consecuencias del desarrollo del comercio electrónico, - en las cuestiones relativas a las importaciones entre los países que practican un sistema de precio fijo de los libros.

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