Dictamen de la Comisión de 15 de diciembre de 2000 sobre el proyecto de evacuación de residuos radiactivos procedentes del desmantelamiento parcial de la central nuclear de Monts d'Arrée en Francia, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom Diario Oficial n° C 011 de 13/01/2001 p. 0005 - 0005 Dictamen de la Comisión de 15 de diciembre de 2000 sobre el proyecto de evacuación de residuos radiactivos procedentes del desmantelamiento parcial de la central nuclear de Monts d'Arrée en Francia, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom (2001/C 11/04) (el texto en lengua francesa es el único auténtico) El 26 de abril de 2000, la Comisión Europea recibió del Gobierno francés, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom, los datos generales sobre el proyecto de evacuación de residuos radiactivos procedentes del desmantelamiento parcial de la central nuclear de Monts d'Arrée.
Sobre la base de dichos datos y las precisiones posteriores del Gobierno francés, así como a raíz de la consulta con el grupo de expertos, la Comisión emite el dictamen siguiente: a) La distancia entre la instalación y la frontera más próxima (la Isla de Jersey en el Canal) es de 180 km, mientras que la distancia con los Estados miembros más cercanos (Reino Unido, Irlanda, España y Bélgica) es de 220, 510, 530 y 540 km respectivamente. b) En condiciones normales de funcionamiento, la evacuación de efluentes gaseosos no daría lugar a una exposición de la población de otros Estados miembros significativa desde el punto de vista sanitario.
Los residuos líquidos se evacúan en la planta de tratamiento de efluentes de Saclay (CEA). c) Los residuos radiactivos sólidos generados durante las operaciones de desmantelamiento realizadas se almacenarán in situ hasta su evacuación en emplazamientos nacionales autorizados (Centraco, ANDRA y una instalación de evacuación de residuos con una radiactividad muy escasa o media que estará disponible en 2003). Los expertos recomiendan que los controles de residuos convencionales que se realizan como medida de precaución para confirmar la ausencia de contaminación garanticen al mismo tiempo el cumplimiento de los criterios de aceptación establecidos en la Directiva sobre normas básicas (Directiva 96/29/Euratom del Consejo). d) En caso de evacuación imprevista de efluentes radioactivos debido a un accidente del tipo y magnitud previstos en los datos generales, las posibles dosis para la población de otros Estados miembros no serían significativas desde el punto de vista sanitario.
En conclusión, la Comisión considera que la ejecución del proyecto de evacuación de residuos radiactivos procedentes del desmantelamiento parcial de la central nuclear de Monts d'Arrée no puede dar lugar, en condiciones normales de funcionamiento o en caso de un accidente del tipo y magnitud previstos en los datos generales, a una contaminación radiactiva del agua, el suelo o el espacio aéreo de otro Estado miembro significativa desde el punto de vista sanitario.