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Conclusiones del Consejo relativas a la puesta en red de información sobre las tendencias y plantas emergentes en materia de toxicomanía y de consumo simultáneo de drogas y sobre los riesgos conexos

CELEX
32001Y0119(02)
Document type
CONCL
Sector
Legislation
Date of document
2001-01-19
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Conclusiones del Consejo relativas a la puesta en red de información sobre las tendencias y plantas emergentes en materia de toxicomanía y de consumo simultáneo de drogas y sobre los riesgos conexos Diario Oficial n° C 017 de 19/01/2001 p. 0002 - 0002 Conclusiones del Consejo relativas a la puesta en red de información sobre las tendencias y plantas emergentes en materia de toxicomanía y de consumo simultáneo de drogas y sobre los riesgos conexos (2001/C 17/02) El Consejo de la Unión Europea adopta las siguientes orientaciones relativas a la puesta en red de información sobre las tendencias y pautas emergentes en materia de toxicomanía y de consumo simultáneo de drogas y sobre los riesgos conexos:

1. En aplicación de la Estrategia europea en materia de lucha contra la droga 2000-2004 y del plan de acción adoptado para su ejecución, procede organizar un sistema que permita tener conocimiento más rápidamente de las tendencias y pautas emergentes en materia de toxicomanía y de consumo simultáneo de drogas y de los riesgos conexos. 2. Para ello, habida cuenta de los sistemas de información existentes en cada Estado miembro y a escala europea, no resulta necesario ni es deseable en esta fase crear nuevas estructuras, nuevas redes o nuevas obligaciones financieras para los Estados miembros.

3. Es conveniente apoyarse lo más posible en la red Reitox creada por el Reglamento (CEE) n° 302/93 del Consejo, de 8 de febrero de 1993, por el que se crea un Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías (OEDT). 4. La actividad de la red Reitox podría desarrollarse en dos direcciones: - la observación de las tendencias y pautas emergentes en materia de toxicomanía y de consumo simultáneo de drogas y de los riesgos conexos, - la transmisión rápida de dicha información a los poderes públicos, a los profesionales así como a las asociaciones de prevención para que apliquen las medidas de prevención oportunas lo antes posible.

5. Esta orientación exigiría que los puntos focales nacionales de la red Reitox pudiesen utilizar los datos de los demás organismos o redes competentes (organismo nacional de la evaluación de medicamentos, institutos de salud pública y redes de profesionales de sanidad, asociaciones de prevención, laboratorios clínicos o forenses, etc.). 6. Se anima al OEDT y la Agencia Europea para la Evaluación de Medicamentos (EMEA), a que en el marco de sus mandatos respectivos, definan conjuntamente un marco de cooperación útil a escala europea sobre las posibilidades de abuso y los riesgos relacionados con el consumo y el consumo simultáneo de drogas psicoactivas.

También debería participar Europol, con arreglo a su mandato, para facilitar información sobre las tendencias emergentes del tráfico de drogas. 7. Se anima a los Estados miembros interesados y a los organismos nacionales y europeos competentes (OEDT, EMEA, etc.) a que participen en un proyecto piloto financiado por el presupuesto comunitario y dirigido a intercambiar información sobre las tendencias emergentes y las nuevas modalidades de toxicomanía y consumo simultáneo de drogas. A lo largo de un período de 18 meses, dicho proyecto piloto debería también definir las condiciones necesarias para el intercambio de dicha información entre un número mayor de países, tanto en lo tocante a la financiación como a la gama de sustancias consideradas.

8. Se invita a la Comisión y a los Estados miembros a estudiar las modalidades que permitan alcanzar dichos objetivos.

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