Dictamen del Consejo de 12 de febrero de 2002 en relación con el programa de estabilidad actualizado de Italia del período 2001-2005 Diario Oficial n° C 051 de 26/02/2002 p. 0006 - 0006 Dictamen del Consejo de 12 de febrero de 2002 en relación con el programa de estabilidad actualizado de Italia del período 2001-2005 (2002/C 51/05) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas(1) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 5, Vista la recomendación de la Comisión, Previa consulta al Comité Económico y Financiero, HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:
El 12 de febrero de 2002, el Consejo examinó el Programa de estabilidad actualizado de Italia, correspondiente al período 2001-2005. La nueva actualización satisface, en términos generales, los requisitos de la versión revisada del "código de conducta sobre el contenido y la forma de los programas de estabilidad y convergencia"(2), aunque ateniéndose a las normas del SEC-95 hay algunas anomalías menores en la agregación de gastos e ingresos. El Consejo se congratula de que Italia se haya comprometido a mantener unos superávit primarios elevados a lo largo de todo el período del programa, al tiempo que se reduce ligeramente la presión fiscal.
También constata con satisfacción que se confirman los objetivos del anterior programa actualizado en materia de equilibrio presupuestario de las administraciones públicas en 2002 y 2003. El Consejo se felicita, muy en particular, de que se haya previsto alcanzar el equilibrio presupuestario en 2003. A pesar de un crecimiento más bajo de lo que se esperaba, y de conformidad con las OGPE para 2001, el déficit previsto para 2001 supera solo ligeramente los objetivos originales. Aunque reconoce las dificultades del mercado para cumplir los objetivos de privatización, el Consejo lamenta que se haya retrasado un año la reducción de la ratio de la deuda por debajo del 100 % del PIB en contraposición con los compromisos contraídos por Italia desde 1998.
El escenario macroeconómico en que se basa el programa prevé una aceleración del crecimiento real del PIB para finales de 2001 y un crecimiento aún mayor en 2003 y los años siguientes, en los que se espera un crecimiento económico estable de alrededor del 3 %, respaldado por las reformas estructurales. Con todo, a corto plazo el escenario macroeconómico también se basa en una evolución de los factores externos que no refleja adecuadamente el deterioro de las perspectivas económicas mundiales registrado en 2001. El Consejo observa, pues, que este escenario macroeconómico parece demasiado optimista.
Los objetivos presupuestarios para 2002 y 2003 dependen sobremanera de medidas puntuales, especialmente la venta de activos reales del Estado, mientras que se proporcionarán pocos detalles sobre la reducción de los gastos distintos del servicio de la deuda en términos del PIB durante el período del programa. El Consejo también observa que será necesario aclarar el hecho de que el grueso del ajuste se base en medidas de carácter extraordinario, en un empeoramiento cíclico, que debería complementarse mediante medidas destinadas a restringir el gasto corriente primario. El Consejo observa que, la posición presupuestaria prevista a medio plazo de un presupuesto próximo al equilibrio o en superávit a partir de 2003 se ajusta a los requisitos del pacto de estabilidad y crecimiento.
El Consejo toma nota de la existencia de un margen de maniobra suficiente para no exceder el límite máximo del déficit del 3 % del PIB a lo largo del programa. El Consejo considera esencial que, tal como está planeado, se consiga llegar a una situación de equilibrio presupuestario a medio plazo y que los fuertes superávit primarios del orden del 5 % del PIB sean fruto de medidas orientadas a una reducción duradera del gasto corriente primario. Es fundamental preparar cuidadosamente las modalidades y el calendario de aplicación de estas medidas, teniendo en cuenta los retos de la reforma fiscal prevista, que se traducirá en una presión fiscal bastante menor.
El Consejo insta a Italia para que adopte normas de supervisión y control de los gastos actuales más eficaces a todos los niveles. Asimismo, recomienda a Italia que tome las precauciones necesarias para evitar desviaciones del rumbo marcado para el proceso de consolidación fiscal tras 2003 en caso de que no se cumplan las previsiones de fuerte crecimiento del programa. El Consejo observa que, para que Italia pueda absorber los desequilibrios relacionados con el envejecimiento de la población, es indispensable que mantenga a largo plazo fuertes superávit primarios y logre aumentar la tasa de actividad de su población.
Hasta la fecha, las reformas del sistema de pensiones han ayudado a contener el crecimiento de los gastos derivados de las pensiones. El Consejo anima a Italia a acelerar el ritmo de aplicación de la reforma de las pensiones para controlar el gasto y fomentar las pensiones privadas complementarias, tal como se indica en el programa. Asimismo, toma nota de la importancia clave de las reformas del mercado laboral y de la aceleración del ritmo de reducción de la ratio de la deuda, a fin de aumentar la tasa de actividad y prepararse para hacer frente a una creciente necesidad de recursos públicos.
(1) DO L 209 de 2.8.1997. (2) Código de conducta revisado sobre el contenido y la forma de los programas de estabilidad y convergencia, aprobado por el Consejo Ecofin el 10 de julio de 2001.