2002/55/CE: Decisión del Consejo, de 21 de enero de 2002, relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República de Sudáfrica sobre el comercio de vino Diario Oficial n° L 028 de 30/01/2002 p. 0133 - 0133 Decisión del Consejo de 21 de enero de 2002 relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República de Sudáfrica sobre el comercio de vino (2002/55/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 133 en relación con la primera frase del párrafo primero del apartado 2 de su artículo 300, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando lo siguiente:
(1) Mediante la Decisión 1999/753/CE(1) el Consejo decidió que el Acuerdo en materia de comercio, desarrollo y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Sudáfrica, por otra(2), denominado en lo sucesivo "el Acuerdo CDC", entraría provisionalmente en vigor el 1 de enero de 2000. (2) El anexo X del Acuerdo CDC incluye un Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República de Sudáfrica, el cual fija un contingente arancelario anual libre de derechos de 32 millones de litros para la importación de vinos sudafricanos embotellados. Este contingente arancelario figura en la lista 6 del anexo IV del Acuerdo CDC.
(3) La Comisión, en nombre de la Comunidad, ha negociado con la República de Sudáfrica un Acuerdo sobre el comercio de vino. (4) Las conclusiones de estas negociaciones exigen una adaptación del contingente arancelario mencionado en el Acuerdo CDC. (5) Por consiguiente, debe aprobarse el Acuerdo en forma de Canje de Notas. DECIDE: Artículo 1 Queda aprobado, en nombre la Comunidad, el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República de Sudáfrica sobre el comercio de vino. El texto del Acuerdo en forma de Canje de Notas se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo a designar a la persona habilitada a firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad.
Hecho en Bruselas, el 21 de enero de 2002. Por el Consejo El Presidente M. Arias Cañete (1) DO L 311 de 4.12.1999, p. 1. (2) DO L 311 de 4.12.1999, p. 3.