Resolución del Consejo de 15 de julio de 2003 sobre el capital social y humano — Formación del capital social y humano en la sociedad del conocimiento: aprendizaje, trabajo, cohesión social e igualdad entre hombres y mujeres Diario Oficial n° C 175 de 24/07/2003 p. 0003 - 0006 Resolución del Consejo de 15 de julio de 2003 sobre el capital social y humano - Formación del capital social y humano en la sociedad del conocimiento: aprendizaje, trabajo, cohesión social e igualdad entre hombres y mujeres (2003/C 175/02) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA (1) RECORDANDO que el Consejo Europeo de Lisboa de marzo de 2000 pidió una sociedad de la información para todos y subrayó la necesidad de invertir en recursos humanos y de que todos los ciudadanos estén dotados con las capacidades apropiadas para vivir y trabajar en la sociedad de la información, así como la necesidad de promover todos los aspectos de la igualdad entre hombres y mujeres, incluida la reducción de la segregación profesional;
(2) RECORDANDO que el Consejo Europeo de Lisboa fijó el objetivo de elevar la tasa de empleo a una media del 70 % y aumentar el promedio de mujeres con empleo a más del 60 % para 2010, y que el Consejo Europeo de Estocolmo de marzo de 2001 fijó objetivos intermedios para las tasas de empleo de la Comunidad y un objetivo del 50 % para los trabajadores de más edad para 2010; (3) TENIENDO EN CUENTA que el Consejo Europeo de Bruselas de marzo de 2003, en el contexto de la estrategia europea de empleo, destacó la importancia de invertir en capital humano y aprendizaje permanente como requisito previo a la promoción de la competitividad europea, para lograr tasas elevadas de crecimiento y empleo y para avanzar hacia una economía basada en el conocimiento, y que solicitó en este contexto la aplicación del programa de diez años sobre los objetivos de los sistemas educativos;
(4) RECORDANDO que uno de los objetivos de la lucha contra la pobreza y la exclusión social, aprobado por el Consejo Europeo de Niza del 7 al 9 de diciembre de 2000 y revisado por el Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores de diciembre de 2002, consiste en aprovechar plenamente el potencial de la sociedad del conocimiento y de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y garantizar que nadie quedará excluido, prestando especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad; (5) RECORDANDO el papel fundamental que los interlocutores sociales, a través de su programa de trabajo autónomo y de conformidad con los usos y costumbres nacionales, y las organizaciones no gubernamentales deberían desempeñar, en particular para reducir la brecha digital, fomentando el acceso de todos a la sociedad basada en el conocimiento y explotando el potencial resultante, en particular en términos de puestos de trabajo y cualificaciones;
(6) RECORDANDO que, el 8 de octubre de 2001, el Consejo adoptó una Resolución sobre "e-Inclusión" [relativa a la integración social mediante las tecnologías electrónicas. - Aprovechar las oportunidades de integración social que brinda la sociedad de la información(1)], en la que se pide a los Estados miembros que, entre otras cosas, proporcionen a las personas desfavorecidas formación y otro aprendizaje en tecnologías de la información y la comunicación, promuevan la alfabetización digital, fomenten la colaboración de todos los interesados y atiendan a un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres en todas las políticas de "e-Inclusión" (que persiguen la integración social mediante el uso de las tecnologías electrónicas);
(7) RECORDANDO que, según las conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona de marzo de 2002, se debería garantizar que todos los ciudadanos y en particular grupos como el de las mujeres desempleadas estén bien formados con cualificaciones básicas, especialmente aquellas relacionadas con las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC); (8) RECORDANDO que el plan de acción eEuropa 2005 incluye el aprendizaje por medios electrónicos entre sus áreas clave y prevé medidas para el reciclaje en la sociedad del conocimiento y que en las Conclusiones del Consejo sobre "Las capacidades para las TIC y el comercio electrónico en Europa", de diciembre de 2002, se subrayó la necesidad de continuar y desplegar mayores esfuerzos para eliminar las diferencias y desajustes electrónicos que todavía existen en lo que respecta a las competencias para la utilización de medios electrónicos;
(9) RECORDANDO, en el contexto del Año Europeo de las Personas con Discapacidad (2003), las oportunidades para la participación de las personas con discapacidad en la sociedad del conocimiento y su necesidad de accesos sin obstáculos, y que el Consejo adoptó la Resolución, de 6 de febrero de 2003, sobre "Accesibilidad electrónica; - mejorar el acceso de las personas con discapacidad a la sociedad del conocimiento"(2); (10) TENIENDO EN CUENTA las conclusiones de la conferencia "Capital social y humano en la sociedad del conocimiento: implicaciones políticas" (octubre de 2002), que destacó la interacción entre el capital social y humano para el crecimiento económico y la cohesión social;
(11) TENIENDO EN CUENTA las Conclusiones, relativas a la participación y al acceso de las mujeres a las TIC acordadas en la sesión n° 47 de la Comisión de las Naciones Unidas de la condición jurídica y social de la mujer (Nueva York, marzo de 2003); (12) TENIENDO EN CUENTA la conferencia ministerial sobre "Género y TIC", (Atenas, mayo de 2003), dedicada a los riesgos y oportunidades de la sociedad del conocimiento para la igualdad entre los hombres y mujeres; (13) TENIENDO EN CUENTA el documento de trabajo de la Comisión, desarrollado con el apoyo del Grupo de alto nivel sobre el Empleo y la Dimensión Social de la Sociedad de la Información (ESDIS), titulado "Construyendo la sociedad del conocimiento: interacciones entre el capital social y humano"(3);
1. RECONOCE el papel clave que el conocimiento incorporado a las capacidades individuales y a las redes sociales desempeña, en el contexto de la estrategia de Lisboa, para que la Unión Europea se convierta en la economía del conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, capaz de generar un crecimiento económico sostenible, más y mejores puestos de trabajo y una mayor cohesión social. 2. SUBRAYA la necesidad de desarrollar interacciones positivas del capital social y humano en tres ámbitos en particular: aprendizaje, trabajo y cohesión social, integrando al mismo tiempo la dimensión de género en todos estos ámbitos.
3. INVITA a los Estados miembros para que se planteen los aspectos del capital social y humano a la hora de planificar, desarrollar y aplicar sus políticas e iniciativas, en particular por lo que respecta a los siguientes ámbitos: a) Aprendizaje - promover las políticas e iniciativas actuales en materia de educación y formación, en particular asegurando la calidad aumentando la eficiencia de las inversiones en dichos ámbitos, y fortaleciendo la complementariedad entre las políticas de educación, formación y empleo, como base para impulsar un crecimiento económico nuevo y sostenible en el contexto de la estrategia de Lisboa, - promover las nuevas posibilidades de educación y formación en el contexto de la formación permanente, tales como el aprendizaje por medios electrónicos y el aprendizaje en el lugar de trabajo, teniendo en cuenta las necesidades y prioridades de las mujeres, así como la importancia de aumentar esfuerzos en ámbitos tales como la transparencia, la validación y el reconocimiento de la educación no formal e informal y la certificación de capacidades para impulsar la movilidad, - fomentar las capacidades necesarias para la sociedad del conocimiento, incluyendo no sólo las capacidades básicas para el uso de las TIC, sino asimismo capacidades más generales, tales como las cognitivas, la disposición a aprender, la capacidad de trabajar en equipo o de resolver problemas, - subrayar la importancia que revisten las sinergias entre los profesores, los padres, las comunidades locales, las ONG y las empresas para la formación del capital humano y social a través de la educación y la formación, - insistir en la importancia crucial de motivar a las personas para que participen en el aprendizaje permanente, en particular animando a las personas con un bajo nivel de cualificaciones, tanto en el trabajo como con respecto a los métodos de enseñanza, y a que insistan en la necesidad de estimular la participación de las empresas. b) Trabajo - animar a las empresas, en particular las PYME, entre otros modos mediante el uso de los fondos estructurales y el cumplimiento de las normas de competencia, en cuanto a la adopción de prácticas de trabajo innovadoras, tales como el trabajo en red, el agrupamiento, el comercio electrónico y el trabajo electrónico, - utilizar el potencial del aprendizaje en materia de organización y las soluciones de gestión del conocimiento para subrayar el capital social y humano en la empresa y promover la innovación y la competitividad, - destacar la importancia de asegurar que todos los trabajadores, en sus respectivas empresas y organizaciones se encuentren plenamente implicados y debidamente formados, en la adopción de prácticas de trabajo innovadoras, en el aprendizaje de organización y en la gestión del conocimiento, lo que puede ayudar a facilitar el cambio, y estén convencidos de los beneficios en la mejora de la competitividad y de la calidad de la vida laboral, - promover el capital social en el nivel local, dentro del respeto de las normas de la competencia, mediante la cooperación con los interlocutores sociales, las empresas, las universidades, los centros de investigación, las ONG y las administraciones locales, - fomentar, también mediante el uso de los Fondos Estructurales, iniciativas específicas destinadas a abordar el problema de que las personas bien educadas y formadas tengan más posibilidades y más oportunidades efectivas de acceder a la formación que las personas menos educadas y formadas, como las mujeres y los trabajadores de más edad, las cuales deberían ser las que más se beneficiasen de la formación, - fomentar la creación de nuevas tareas y actividades, identificando nuevos perfiles ocupacionales como fórmula de innovación de creación de empleos, mejorando la productividad y aumentando el capital humano. c) Cohesión social - favorecer una sociedad integradora basada en el conocimiento desarrollando políticas de integración a través de tecnologías de la información, en particular con objeto de aprovechar las oportunidades que ofrecen las nuevas tecnologías para la integración de las personas con discapacidad y el desarrollo económico de las áreas desfavorecidas, - promover el papel positivo que la economía social, las iniciativas de desarrollo local y las comunidades locales desempeñan en la formación del capital social, - destacar la importancia que revisten las redes sociales formales e informales, incluidas las nuevas redes "virtuales", para la cohesión social, y el equilibrio entre la flexibilidad, la seguridad y la calidad de la vida, - fomentar las nuevas posibilidades que las TIC ofrecen en cuanto a participación civil y voluntariado, - evitar cualquier desequilibrio en el acceso a las nuevas tecnologías de las personas mayores de 40 años, y promover la incorporación de la población potencialmente activa, en el marco de la estrategia europea de empleo. d) Igualdad entre hombres y mujeres - integrar plenamente la perspectiva de género en todos los ámbitos mencionados en las letras a), b) y c) de acuerdo con los principios de integración de la igualdad entre hombres y mujeres, en todas las políticas y acciones, - potenciar el papel de la mujer en la sociedad del conocimiento y asegurar la igualdad de oportunidades para acceder a puestos de toma de decisiones en la vida económica y en la pública, - tratar la diferencia existente entre hombres y mujeres en cuanto al acceso a la educación relacionada con las TIC, el empleo y el uso de las TIC, - favorecer la plena participación de las mujeres, incluidas aquéllas con discapacidad, en la vida profesional, entre otras medidas mediante la oferta adecuada de servicios de cuidado de niños y otras personas dependientes, - examinar las condiciones de trabajo de las mujeres en la sociedad del conocimiento y promover las mejoras necesarias, - aprovechar el potencial que ofrecen las TIC para la creación de nuevas oportunidades de empleo, a través especialmente del teletrabajo, al facilitar la conciliación entre la vida laboral y la vida familiar, y para el establecimiento de programas de educación y formación a distancia, especialmente para las mujeres rurales, - promover el uso de las TIC como instrumento eficaz en la distribución de información y en la protección y el apoyo contra la violencia de género, - adoptar políticas de apoyo a las iniciativas económicas de las mujeres en el sector de las TIC y promover la igual participación en las redes pertinentes, - destacar las consecuencias que tienen las diferentes opciones educativas efectuadas según el género, y el efecto subsiguiente en el trabajo y en la vida social y, en particular, fomentar la mayor participación de las mujeres en los estudios de nivel superior relacionados con la sociedad de la información, - asegurar la recopilación de datos desagregados por sexos en el uso de las TIC para desarrollar indicadores específicos.
4. TOMA NOTA de los compromisos ya asumidos por los interlocutores sociales como parte de sus programas de trabajo autónomos y les RECOMIENDA, de conformidad con los usos y costumbres nacionales: a) que presten una mayor atención a la cuestión de la formación de las mujeres y los hombres en la sociedad del conocimiento; b) que pongan especial atención en continuar sus iniciativas favorables a la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres en el acceso a la formación, tales como las que se derivan de acuerdos prácticos favorables a la familia, y sus iniciativas relativas a las personas con discapacidad; c) que continúen sus esfuerzos para aplicar el marco de actuación alcanzado en 2002 en materia de aprendizaje permanente, con especial atención a los aspectos arriba indicados; d) que estudien y analicen nuevas vías y posibilidades que favorezcan la acumulación y el desarrollo de capital social y humano en un lugar de trabajo sujeto a cambios; e) que progresen en materia de responsabilidad social de las empresas, dado su papel positivo para el desarrollo de la comunidad local; f) que apoyen por diversos medios la consecución de un equilibrio adecuado en la vida laboral de modo que los ciudadanos puedan dedicarse plenamente a la vida familiar y a las actividades relacionadas con la comunidad, así como al voluntariado o a la participación cívica y política; g) que presten particular atención a la perspectiva de género al desarrollar las políticas TIC, con objeto de proporcionar a hombres y mujeres igualdad de acceso a los empleos en las TIC.
5. INVITA a la Comisión a: a) dedicar una atención especial a los aspectos sociales y humanos del capital en todas sus políticas e iniciativas en curso, asegurando su coordinación y evitando duplicaciones innecesarias; b) subrayar el papel clave del trabajo en red, particularmente mediante las TIC, entre la educación superior, los centros de excelencia y las instituciones de investigación, a fin de formar el capital social para el desarrollo y la difusión de material y metodología de aprendizaje de alta calidad; c) continuar, en cooperación con los Estados miembros, en el análisis de cuestiones relativas al capital social y humano, sus interacciones evolutivas en la sociedad del conocimiento y sus efectos en las condiciones de vida y de trabajo; y proseguir una investigación avanzada en este ámbito, inclusive a través de sus centros especializados; d) establecer, o mejorar la cooperación ya existente, con otras instituciones internacionales, y con países terceros, sobre cuestiones relativas al capital social y humano y desarrollar análisis empíricos más afinados en este ámbito para que, entre otros fines, sirvan a la Cumbre Mundial de las Naciones Unidas sobre la Sociedad de la información de diciembre de 2003, y e) asegurar la integración de la dimensión de la igualdad entre hombres y mujeres al proseguir y realizar las actividades anteriormente mencionadas y considerar la necesidad de evaluaciones del impacto de género en los ámbitos mencionados con objeto de evitar efectos adversos no deseados y para mejorar la calidad y la eficacia de las políticas.
(1) DO C 292 de 18.10.2001, p. 6. (2) DO C 39 de 18.2.2003, p. 5. (3) Definiciones ESDIS: Capital humano: Conocimiento, destrezas, competencias y atributos de las personas que facilitan el bienestar personal, social y económico. Capital social: Redes y participación en la vida pública, junto con normas compartidas, valores, cultura, hábitos y prácticas, confianza y comprensión que facilitan la cooperación en o entre grupos para perseguir objetivos compartidos.