L_2004330ES.01014001.xml 4.11.2004 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 330/140 DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO, de 21 de abril de 2004 sobre la aprobación de la gestión relativa a la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2002 — Sección IV — Tribunal de Justicia (2004/724/CE) EL PARLAMENTO EUROPEO, Vistos la cuenta de gestión y el balance financiero relativos al ejercicio presupuestario 2002 (I5-0034/2003, C5-0088/2004), Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre el ejercicio presupuestario 2002, acompañado de las respuestas de las instituciones (C5-0583/2003) ( 1 ) , Vista la declaración del Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 248 del Tratado CE, sobre la fiabilidad de la gestión contable y la conformidad con el derecho de las operaciones efectuadas (C5-0583/2003), Vista la Recomendación del Consejo de 9 de marzo de 2004 (C5-0145/2004), Vistos el apartado 10 del artículo 272 y el artículo 275 del Tratado CE, Vistos los apartados 2 y 3 del artículo 22 del Reglamento financiero de 21 de diciembre de 1977 ( 2 ) y el artículo 50 del Reglamento financiero de 25 de junio de 2002 ( 3 ) , Vistos el artículo 93 bis y el anexo V de su reglamento interno, Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A5-0228/2004), 1.
Concede al Secretario del Tribunal de Justicia la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto para el ejercicio 2002; 2. Expone sus observaciones en la Resolución adjunta; 3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que la acompaña al Consejo, a la Comisión, al Tribunal de Justicia, al Tribunal de Cuentas, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité de las Regiones y al Defensor del Pueblo, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L). El Secretario General Julian PRIESTLEY El Presidente Pat COX ( 1 ) DO C 286 de 28.11.2003, p.
1 . ( 2 ) DO L 356 de 31.12.1977, p. 1 . ( 3 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1 . RESOLUCIÓN del Parlamento Europeo con las observaciones que acompañan a la Decisión por la que se aprueba la gestión relativa a la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2002 — Sección IV — Tribunal de Justicia EL PARLAMENTO EUROPEO, Vistas las cuentas de gestión y el balance contable relativos al ejercicio presupuestario 2002 (I5-0034/2003, C5-0088/2004), Visto el informe anual del Tribunal de Cuentas sobre el ejercicio presupuestario 2002, acompañado a las respuestas de las instituciones (C5-0583/2003) ( 1 ) , Vista la declaración del Tribunal de Cuentas, de conformidad con el artículo 248 del Tratado CE, sobre la fiabilidad de la gestión contable y la conformidad con el derecho de las operaciones efectuadas (C5-0583/2003), Vista la recomendación del Consejo de 9 de marzo de 2004 (C5-0145/2004), Vistos el apartado 10 del artículo 272 y el artículo 275 del Tratado CE, Vistos los apartados 2 y 3 del artículo 22 del Reglamento financiero de 21 de diciembre de 1977 ( 2 ) y el artículo 50 del Reglamento financiero de 25 de junio de 2002 ( 3 ) , Vistos el artículo 93 bis y el anexo V de su reglamento interno, Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A5-0228/2004), 1.
Toma nota de las respuestas del Tribunal de Justicia, de 17 de diciembre de 2003, al cuestionario transmitido por la Comisión de Control Presupuestario el 26 de noviembre de 2003; 2. Toma nota de que el Tribunal de Justicia, a tenor de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 86 del Reglamento financiero, presentará al Parlamento Europeo, a partir del próximo ejercicio, un informe resumido en el que indicará el número y el carácter de las auditorías internas realizadas, las recomendaciones formuladas y las medidas adoptadas en consonancia con dichas recomendaciones; 3. Considera adecuadas las medidas adoptadas por el Tribunal de Justicia a raíz del Informe Especial n o 5/2000 ( 4 ) del Tribunal de Cuentas; toma nota, en este contexto, del informe de auditoría de la Sociedad KPMG ( 5 ) ; toma conocimiento, asimismo, del informe de 21 de octubre de 2003 sobre proyectos inmobiliarios, mantenimiento e infraestructuras en general, remitido por el Tribunal de Justicia al Parlamento;
4. Toma conocimiento de la carta remitida el 18 de febrero de 2004 al Presidente de la Comisión de Control Presupuestario por el Secretario del Tribunal de Justicia, en la que éste anuncia un conjunto de medidas cuyos objetivos son contrarrestar el incremento de la duración media de los procedimientos observado durante los últimos años y responder a las exigencias de la ampliación; pide al Secretario del Tribunal de Justicia que le presente, en plazo útil para el procedimiento de aprobación de la gestión para el ejercicio 2003, un informe detallado sobre los progresos realizados; Utilización de vehículos de servicio para fines privados 5.
Observa que al margen de las misiones oficiales autorizadas por su Presidente, el Tribunal de Justicia asume los costes de la utilización de vehículos oficiales por sus miembros hasta un límite máximo de 30 000 km anuales (miembros del Tribunal de Primera Instancia: 25 000 km, Presidente del Tribunal de Primera Instancia: 30 000 km); 6. Observa que los miembros del Tribunal disfrutan así de unos beneficios adicionales de carácter no pecuniario, sin que el Consejo de Ministros de la UE, en quien recae la responsabilidad en materia retributiva, hubiese adoptado una decisión en este sentido;
7. Pide que el Tribunal de Justicia modifique estas normas con efecto a partir del 1 de julio de 2004, de modo que sus miembros corran con los costes de la utilización de vehículos oficiales para fines privados; Incrementos retributivos gracias a la aplicación de coeficientes correctores 8. Toma nota de que, sobre la base de una disposición administrativa interna, los miembros del Tribunal de Justicia tienen la posibilidad de beneficiarse de incrementos remunerativos si optan por transferir parte de su nómina a cuentas en otros Estados miembros de la Unión Europea, en vez de ingresarla en la cuenta correspondiente a su lugar de empleo, que es Luxemburgo lo que les permite beneficiarse de la aplicación de un coeficiente llamado «corrector»;
9. Recalca que la decisión emana de un órgano de administración interna del Tribunal de Justicia y no puede ser considerado parte de la jurisprudencia; 10. Destaca que la mencionada decisión fue adoptada el 25 de septiembre de 2002, y que posteriormente, el Parlamento y el Consejo, a propuesta de éste último, eliminaron del anteproyecto de presupuesto 2003 del Tribunal de Justicia (partida presupuestaria A-1090) un comentario que se refería precisamente a la aplicación de un coeficiente corrector, en analogía con el que establece el Estatuto de los funcionarios, en beneficio en este caso de los miembros del Tribunal de Justicia;
11. Hace constar que con esta supresión, la autoridad presupuestaria ha expresado de forma clara e inequívoca su deseo de que el sistema sea derogado, toda vez que desde el 1 de enero de 2003 ni lo dispuesto en los reglamentos sobre los emolumentos de los miembros de las instituciones ni los comentarios consignados en el presupuesto lo justifican; 12. Recuerda que los miembros de la Comisión han renunciado a la aplicación de estos coeficientes correctores y pide a los miembros del Tribunal de Justicia que también lo hagan; 13. Pide en este contexto al Tribunal que informe sobre el curso dado a la petición de dilucidar la posibilidad de crear un fundamento jurídico específico para la aplicación del coeficiente corrector, formulada por el Parlamento Europeo ( 6 ) ;
14. Observa con satisfacción que el Tribunal de Justicia aplica la misma doctrina que la Comisión en lo relativo a los informadores ( whistle blowers ); señala que esta doctrina sólo es verdaderamente eficaz si el personal tiene conocimiento de ella; insta al Tribunal de Justicia a velar por que su personal pueda acceder libremente a esta información; 15. Pide a su Comisión de Presupuestos que ponga en la reserva parte de los créditos administrativos del ejercicio 2005 del Tribunal de Justicia en caso de no haya una respuesta satisfactoria a las preocupaciones suscitadas en la presente resolución relativas al uso de vehículos para fines privados y al sistema de coeficientes correctores en los salarios.
( 1 ) DO C 286 de 28.11.2003, p. 1 . ( 2 ) DO L 356 de 31.12.1977, p. 1 . ( 3 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1 . ( 4 ) DO C 109 de 14.4.2000, p. 1 . ( 5 ) Carta de 6 de junio de 2003 al Presidente de la Comisión de Control Presupuestario. ( 6 ) Resolución de 8 de abril de 2003, apartado 6 ( DO L 148 de 16.6.2003, p. 46 ).