2004/696/CE: Decisión de la Comisión, de 14 de octubre de 2004, sobre la lista de los programas de erradicación y vigilancia de algunas encefalopatías espongiformes transmisibles que pueden optar a una contribución financiera de la Comunidad en 2005 [notificada con el número C(2004) 4011]
Text
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Article 1
1 Los programas de vigilancia de las EET (EEB y tembladera) que figuran en el anexo I podrán optar a una contribución financiera de la Comunidad en 2005.
2 Los porcentajes e importes máximos de la contribución financiera de la Comunidad propuestos para cada uno de los programas a que se refiere el apartado 1 serán los que figuran en el anexo I.
Article 2
1 Los programas para la erradicación de la EEB que figuran en el anexo II podrán optar a una contribución financiera de la Comunidad en 2005.
2 Los porcentajes e importes máximos de la contribución financiera de la Comunidad propuestos para cada uno de los programas a que se refiere el apartado 1 serán los que figuran en el anexo II.
Article 3
1 Los programas para la erradicación de la tembladera que figuran en el anexo III podrán optar a una contribución financiera de la Comunidad en 2005.
2 Los porcentajes e importes máximos de la contribución financiera de la Comunidad propuestos para cada uno de los programas a que se refiere el apartado 1 serán los que figuran en el anexo III.
Article 4
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
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