Skip to content
Seqlense EUR-Lex

Posición Común 2005/888/PESC del Consejo, de 12 de diciembre de 2005 , relativa a la adopción de medidas restrictivas específicas contra determinadas personas sospechosas de haber participado en el asesinato de Rafiq Hariri, antiguo Primer Ministro del Líbano

CELEX
32005E0888
Document type
COMPOS
Sector
Legislation
Date of document
2005-12-12
In force since
2005-12-12
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para impedir la entrada en sus territorios o el tránsito por ellos de todas las personas físicas incluidas en el anexo de la presente Posición Común.

2 Lo dispuesto en el apartado 1 no impondrá a los Estados miembros la obligación de denegar la entrada en su territorio a sus propios nacionales.

3 El apartado 1 no se aplicará cuando el Comité determine previamente y de manera individualizada que ese viaje está justificado por motivos de necesidad humanitaria, incluida la obligación religiosa, o cuando el Comité considere que la excepción servirá a los objetivos de la RCSNU 1636 (2005).

4 Toda vez que un Estado miembro autorice, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 y con arreglo a lo que determine el Comité, la entrada en su territorio o el tránsito por él de personas incluidas en el anexo, dicha autorización se limitará al propósito para el que se haya concedido y a las personas a que se refiera.

Article 2

1 Se congelarán todos los fondos y recursos económicos que pertenezcan, sean de propiedad o estén bajo el control de las personas físicas incluidas en el anexo o que obren en poder de entidades que sean de propiedad o estén bajo el control directo o indirecto de esas personas o de cualquier persona que actúe en su nombre o siguiendo sus instrucciones, tal como se incluyen en el anexo.

2 No podrán ponerse fondos o recursos económicos, directa o indirectamente, a disposición o en beneficio de las personas o entidades incluidas en el anexo.

3 Siempre que hayan sido aprobadas por el Comité, se podrán establecer excepciones para los fondos u otros activos financieros y recursos económicos que sean: a) necesarios para cubrir gastos esenciales, incluidos los pagos de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamientos médicos, impuestos, primas de seguros y tasas de servicios públicos; b) destinados exclusivamente al pago de honorarios profesionales razonables y al reembolso de gastos efectuados en relación con la prestación de servicios jurídicos; c) destinados exclusivamente al pago de gastos o tasas de servicio, o de tenencia o mantenimiento ordinarios de los fondos, o recursos económicos congelados.

4 Lo dispuesto en el apartado 2 no se aplicará a la incorporación a las cuentas congeladas de intereses u otros beneficios correspondientes a dichas cuentas a condición de que tales intereses y otros beneficios sigan estando sujetos a lo dispuesto en el apartado 1.

Article 3

1 Los Estados miembros, de conformidad con la legislación aplicable, garantizarán que si una de las personas físicas incluidas en el anexo se encuentra en su territorio dicha persona se pondrá a disposición de la Comisión de Investigación para su interrogatorio, si ésta así lo solicitase.

2 Los Estados miembros, de conformidad con la legislación aplicable, cooperarán plenamente con cualquier investigación internacional relacionada con los fondos o recursos económicos, transacciones financieras o personas y entidades incluidos en el anexo, también compartiendo información financiera.

Article 4

El Consejo establecerá la lista de personas y entidades y personas relacionadas que figura en el anexo y aplicará cualesquiera modificaciones de la misma cuando el Comité lo juzgue necesario.

Article 5

La presente Posición Común surtirá efecto el día de su adopción.

Article 6

La presente Posición Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

What this act cites, and what cites it.

Show relations

Versions

Point-in-time consolidated versions of this act.

Show versions