Reglamento (CE) n° 503/2005 de la Comisión, de 31 de marzo de 2005, por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 747/2001 en lo que respecta a los contingentes arancelarios comunitarios y las cantidades de referencia para determinados productos originarios de Marruecos
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Article 1
El anexo II del Reglamento (CE) no 747/2001 quedará modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Article 2
Las cantidades que, de conformidad con el anexo II del Reglamento (CE) no 747/2001, se hayan despachado a libre práctica en la Comunidad dentro de los contingentes arancelarios con los números de orden 09.1104, 09.1112, 09.1122, 091130 y 09.1137, se imputarán a los contingentes arancelarios respectivos abiertos de conformidad con el anexo II del Reglamento (CE) no 747/2001, modificado por el presente Reglamento.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de mayo de 2004.
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