2006/854/CE: Decisión de la Comisión, de 26 de julio de 2006 , por la que se aprueban, en nombre de la Comunidad Europea, modificaciones de los anexos V y VIII del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda sobre medidas sanitarias aplicables al comercio de animales vivos y productos animales [notificada con el número C(2006) 3327] (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
Conforme a lo recomendado por el Comité de gestión conjunta, instituido por el artículo 16 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda sobre medidas sanitarias aplicables al comercio de animales vivos y productos animales, se aprueban las modificaciones de los anexos V y VIII de dicho Acuerdo en nombre de la Comunidad Europea. Se adjunta a la presente Decisión el texto del Canje de Notas que constituye el Acuerdo con Nueva Zelanda, incluidas las modificaciones de los anexos V y VIII.
Article 2
El Director General de Sanidad y Protección de los Consumidores queda facultado para firmar el Acuerdo en forma de Canje de Notas a fin de obligar a la Comunidad.
Article 3
La presente Decisión será aplicable a partir del primer día del mes siguiente a aquel en que Nueva Zelanda notifique a la Comisión por escrito que han concluido sus procedimientos internos de aprobación de las modificaciones a que se refiere el artículo 1. La Comisión informará sin demora al Consejo y a los Estados miembros de la notificación a que se refiere el primer párrafo.
Article 4
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
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