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Seqlense EUR-Lex

2007/655/CE: Decisión de la Comisión, de 5 de julio de 2005 , relativa a la ayuda prevista por Italia en favor de los sectores zootécnico y oleícola con arreglo a lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Ley n°  290/99, en el artículo 15, apartado 16, de la Ley n°  67/88, y en la Ley n°  252/91 [notificada con el número C(2004) 4769]

CELEX
32007D0655
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
2005-07-05
In force since
2007-10-19
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 Las medidas de ayuda adoptadas por Italia en favor del sector zootécnico, previstas en el artículo 15, apartado 16, de la Ley no 67/88, en el artículo 5 de la Ley no 290/99 y en la Ley no 252/91 (proyectos integrados), y las intervenciones de FINAGRA en virtud de la Ley no 252/91 relativas a la concesión de préstamos a empresas privadas son compatibles con el mercado común en virtud del artículo 87, apartado 3, letra c) del Tratado.

2 Las medidas previstas en el artículo 4 de la Ley no 290/99, relativas a operaciones crediticias agrarias, de ejercicio y de mejora, que vencían el 31 de marzo de 1998, nunca llegaron a aplicarse y, por consiguiente no han dado lugar a una ayuda estatal en virtud del artículo 87, apartado 1, del Tratado.

3 Las intervenciones de FINAGRA, en virtud de la Ley no 252/91 relativas a la adquisición de participaciones en acciones, la concesión de préstamos a cooperativas y la concesión de garantías no constituyen una ayuda estatal en el sentido del artículo 87, apartado 1, del Tratado.

Article 2

El destinatario de la presente Decisión será la República Italiana.

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