2007/692/CE: Decisión de la Comisión, de 24 de octubre de 2007 , por la que se autoriza la comercialización de alimentos y piensos producidos a partir de la remolacha azucarera modificada genéticamente H7-1 (KM-ØØØH71-4) con arreglo al Reglamento (CE) n° 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2007) 5125] (Texto pertinente a efectos del EEE )
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Article 1 Organismo modificado genéticamente e identificador único
Conforme a lo establecido en el Reglamento (CE) no 65/2004, se asigna a la remolacha azucarera (Beta vulgaris subsp. vulgaris) H7-1, según lo especificado en la letra b) del anexo de la presente Decisión, el identificador único KM-ØØØH71-4.
Article 2 Autorización
A los efectos del artículo 4, apartado 2, y del artículo 16, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1829/2003, quedan autorizados los siguientes productos, conforme a las condiciones expuestas en la presente Decisión: a) alimentos e ingredientes alimentarios producidos a partir de la remolacha azucarera KM-ØØØH71-4; b) piensos producidos a partir de la remolacha azucarera KM-ØØØH71-4.
Article 3 Etiquetado
A los efectos de los requisitos de etiquetado específicos establecidos en el artículo 13, apartado 1, y el artículo 25, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1829/2003, el «nombre del organismo» será «remolacha azucarera».
Article 4 Registro comunitario
La información presentada en el anexo de la presente Decisión se introducirá en el Registro comunitario de alimentos y piensos modificados genéticamente que se establece en el artículo 28 del Reglamento (CE) no 1829/2003.
Article 5 Titulares de la autorización
1 Los titulares de la autorización serán: a) KWS SAAT AG, Alemania, y b) Monsanto Europe SA, Bélgica, en representación de Monsanto Company, Estados Unidos de América.
2 Ambos titulares serán responsables de cumplir las obligaciones que la presente Decisión y el Reglamento (CE) no 1829/2003 imponen a los titulares de autorizaciones.
Article 6 Validez
La presente Decisión será aplicable durante los diez años siguientes a su fecha de notificación.
Article 7 Destinatarios
Los destinatarios de la presente Decisión serán: a) KWS SAAT AG, Grimsehlstrasse 31, D-37574 Einbeck, y b) Monsanto Europe SA, Scheldelaan 460, Haven 627, B-2040 Anvers.
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