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Decisión de la Comisión, de 31/01/2007 por la que se declara la compatibilidad de una operación de concentración con el mercado común (Asunto no COMP/M.4178 - MAN FERROSTAAL / EUROTECNICA GROUP) sobre la base del Reglamento (CE) n.139/2004 del Consejo (El texto en lengua inglesa es el único auténtico)

CELEX
32007M4178
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
2007-01-31
In force since
2007-01-31
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

C_2007049ES.01000401.xml 3.3.2007 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 49/4 Notificación previa de una operación de concentración (Caso n o COMP/M.4598 — Sagard/Cognetas/Groupe Saint-Gobain Desjoncquères) Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado (Texto pertinente a efectos del EEE) (2007/C 49/05) 1. Con fecha 22 de febrero de 2007 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 [y siguiendo un proceso de reenvío conforme al artículo 4(5)] del Reglamento (CE) n o 139/2004 del Consejo ( 1 ) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que las empresas Sagard II A FCPR y Sagard II B FCPR, fondos de inversión gestionados por Sagard SAS («Sagard», Francia), bajo el control de Power Corporation of Canada («PCC», Canadá), y FCPR Cognetas II A y FCPR Cognetas II B, fondos de inversión gestionados por Cognetas SA («Cognetas», Francia), adquieren el control conjunto, a efectos de lo dispuesto en el artículo 3(1)b del Reglamento del Consejo, de la empresa «Saint-Gobain Desjoncquères», que consiste en Saint-Gobain Desjoncquères S.A.

(Francia), SG la Granja (España) y las actividades brasileñas de SG Vidros (Brasil), a través de la adquisición de acciones en una empresa común de nueva creación, formando una joint venture. 2. Ambito de actividad de las empresas afectadas: — PCC and Sagard: fondo de capital riesgo, — Cognetas: fondo de capital riesgo, — Saint-Gobain Desjoncquères: producción y venta de frascos de cristal para la utilización principal en la industria farmacéutica y del perfume. 3. Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) n o 139/2004.

No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto. De conformidad con la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento del Consejo (CE) n o 139/2004 ( 2 ) se hace notar que este caso es susceptible de ser tratado por el procedimiento establecido en dicha Comunicación. 4. La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación.

Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [fax n o (32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia n o COMP/M.4598 — Sagard/Cognetas/Groupe Saint-Gobain Desjoncquères, a la siguiente dirección: Comisión Europea Dirección General de Competencia Registro Operaciones de concentración J-70 B-1049 Bruxelles/Brussel ( 1 ) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 ( 2 ) DO C 56 de 05.3.2005, p. 32

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