Reglamento (CE) n o 327/2007 de la Comisión, de 27 de marzo de 2007 , que establece, para el año 2007, una excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n o 1445/95 en lo que concierne a las fechas de expedición de certificados de exportación en el sector de la carne de vacuno
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Article 1
No obstante lo dispuesto en el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1445/95, en lo que respecta al año 2007, los certificados para los que se presenten solicitudes durante los períodos indicados en el anexo del presente Reglamento se expedirán en las fechas correspondientes indicadas en dicho anexo. Esta excepción se aplicará a condición de que, con anterioridad a las citadas fechas de expedición, no se haya adoptado ninguna de las medidas específicas contempladas en el artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1445/95.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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