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Decisión 2008/206/JAI del Consejo, de 3 de marzo de 2008 , por la que se define la 1-benzilpiperacina (BZP) como una nueva sustancia psicotrópica que debe estar sujeta a medidas de control y sanciones penales

CELEX
32008D0206
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2008-03-03
In force since
2008-03-08
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias, de conformidad con su Derecho interno, para someter a la 1-benzilpiperacina (también conocida como 1-bencilo-1,4-diazaciclohexano, N-benzilpiperacina o —de forma más general— como benzilpiperacina o BZP) a medidas de control, proporcionales a los riesgos de la sustancia, y a sanciones penales, previstas en su legislación, de conformidad con las obligaciones que le incumben en virtud del Convenio de las Naciones Unidas de 1971 sobre sustancias psicotrópicas.

Article 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea. Surtirá efecto el día siguiente al de su publicación.

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