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Decisión EULEX/2/2008 del Comité Político y de Seguridad, de 22 de abril de 2008 , sobre el establecimiento del Comité de contribuyentes para la Misión de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Kosovo (EULEX Kosovo)

CELEX
32008D0356
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2008-04-22
In force since
2008-04-22
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Creación

Se crea por la presente Decisión un Comité de contribuyentes para la EULEX Kosovo (en lo sucesivo, «el CdC»).

Article 2 Funciones

1 El CdC podrá expresar opiniones que serán tenidas en cuenta por el Comité Político y de Seguridad (en lo sucesivo, «el CPS»), que ejercerá el control político y la dirección estratégica de la EULEX Kosovo.

2 El mandato del CdC está fijado en el documento «Consulta y modalidades de la contribución de los Estados no miembros de la UE a la gestión civil de las crisis por parte de la UE».

Article 3 Composición

1 Todos los Estados miembros de la UE tendrán derecho a asistir a los debates del CdC pero solo los Estados contribuyentes tomarán parte en la gestión cotidiana de la EULEX Kosovo. Los representantes de los terceros Estados participantes en la EULEX Kosovo podrán asistir a las reuniones del CdC. También podrá asistir a dichas reuniones un representante de la Comisión Europea.

2 El CdC recibirá información periódica del Jefe de Misión.

Article 4 Presidencia

Para la EULEX Kosovo, el CdC estará presidido, de conformidad con el citado documento sobre «Consulta y modalidades de la contribución de los Estados no miembros de la UE a la gestión civil de las crisis por parte de la UE», por un representante del Secretario General y Alto Representante, en estrecha consulta con la Presidencia.

Article 5 Reuniones

1 El CdC será convocado periódicamente por su Presidente. Podrán convocarse reuniones urgentes cuando las circunstancias lo requieran, por iniciativa del Presidente o a petición de un representante de un Estado participante.

2 El Presidente difundirá con antelación un orden del día provisional, así como los documentos relativos a la reunión. Será responsable de hacer llegar al CPS el resultado de los debates del CdC.

Article 6 Confidencialidad

1 Las normas de seguridad del Consejo se aplicarán a las reuniones y trabajos del CdC. En particular, los representantes en el CdC deberán disponer de las habilitaciones de seguridad adecuadas.

2 Las deliberaciones del CdC estarán sujetas a la obligación de secreto profesional.

Article 7 Efectos

La presente Decisión surtirá efecto el día de su adopción.

Relations

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