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2008/409/CE: Decisión de la Comisión, de 17 de abril de 2008 , sobre la distribución de las cantidades de las sustancias reguladas autorizadas para usos esenciales en la Comunidad en 2008 de conformidad con el Reglamento (CE) n o 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2008) 1403] (Texto pertinente a efectos del EEE)

CELEX
32008D0409
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
2008-04-17
In force since
2008-04-17
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 La cantidad de sustancias reguladas del grupo I (clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115) sujetas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que podrán utilizarse para usos médicos esenciales en la Comunidad en 2008 será de 155460,00 kilogramos ponderados según el potencial de agotamiento del ozono (PAO).

2 La cantidad de sustancias reguladas del grupo I (clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115) y del grupo II (otros clorofluorocarburos totalmente halogenados) sujetas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que podrán utilizarse para usos esenciales de laboratorio en la Comunidad en 2008 será de 56213,60 kilogramos ponderados según el PAO.

3 La cantidad de sustancias reguladas del grupo III (halones) sujetas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que podrán utilizarse para usos esenciales de laboratorio en la Comunidad en 2008 será de 418,7 kilogramos ponderados según el PAO.

4 La cantidad de sustancias reguladas del grupo IV (tetracloruro de carbono) sujetas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que podrán utilizarse para usos esenciales de laboratorio en la Comunidad en 2008 será de 150832,836 kilogramos ponderados según el PAO.

5 La cantidad de sustancias reguladas del grupo V (1,1,1-tricloroetano) sujetas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que podrán utilizarse para usos esenciales de laboratorio en la Comunidad en 2008 será de 381,5 kilogramos ponderados según el PAO.

6 La cantidad de sustancias reguladas del grupo VI (bromuro de metilo) sujetas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que podrán utilizarse para usos esenciales de laboratorio y análisis en la Comunidad en 2008 será de 150,00 kilogramos ponderados según el PAO.

7 La cantidad de sustancias reguladas del grupo VII (hidrobromofluorocarburos) sujetas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que podrán utilizarse para usos esenciales de laboratorio en la Comunidad en 2008 será de 0,96 kilogramos ponderados según el PAO.

8 La cantidad de sustancias reguladas del grupo IX (bromoclorometano) sujetas al Reglamento (CE) no 2037/2000 que podrán utilizarse para usos esenciales de laboratorio en la Comunidad en 2008 será de 13,368 kilogramos ponderados según el PAO.

Article 2

Los inhaladores dosificadores con clorofluorocarburos que figuran en el anexo I no podrán comercializarse en los mercados en los que la autoridad competente haya determinado el carácter no esencial de los clorofluorocarburos para los inhaladores dosificadores en los mercados correspondientes.

Article 3

Durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008 se aplicarán las normas siguientes: 1) las cuotas para el uso médico esencial de los clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115 se distribuirán entre las empresas mencionadas en el anexo II; 2) las cuotas para el uso esencial de laboratorio de los clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115 y de otros clorofluorocarburos totalmente halogenados se distribuirán entre las empresas mencionadas en el anexo III; 3) las cuotas para el uso esencial de laboratorio de los halones se distribuirán entre las empresas mencionadas en el anexo IV; 4) las cuotas para el uso esencial de laboratorio del tetracloruro de carbono se distribuirán entre las empresas mencionadas en el anexo V; 5) las cuotas para el uso esencial de laboratorio del 1,1,1-tricloroetano se distribuirán entre las empresas mencionadas en el anexo VI; 6) las cuotas para el uso crítico de laboratorio y análisis de bromuro de metilo se distribuirán entre las empresas mencionadas en el anexo VII; 7) las cuotas para el uso esencial de laboratorio de los hidrobromofluorocarburos se distribuirán entre las empresas indicadas en el anexo VIII; 8) las cuotas para el uso esencial de laboratorio de bromoclorometano se distribuirán entre las empresas mencionadas en el anexo IX; 9) las cuotas para el uso esencial de los clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115, de otros clorofluorocarburos totalmente halogenados, del tetracloruro de carbono, del 1,1,1-tricloroetano y del bromoclorometano serán las indicadas en el anexo X.

Article 4

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2008 y expirará el 31 de diciembre de 2008.

Article 5

Los destinatarios de la presente Decisión serán las empresas siguientes: Acros Organics bvba Janssen Pharmaceuticalaan 3A° B-2440 Geel Airbus France Service EVICS BP M6322 Route de Bayonne 316 F-31060 Toulouse Cedex 16 Bie & Berntsen Sandbækvej 7 DK-2610 Rødovre Boehringer Ingelheim GmbH Binger Straße 173 D-55216 Ingelheim am Rhein Carlo Erba Reactifs-SDS ZI de Valdonne, BP 4 F-13124 Peypin Chiesi Farmaceutici SpA Via Palermo 26/A I-43100 Parma CNRS — Département Galilée Observatoire de la Côte d'Azur — Siège Social Boulevard de l'Observatoire, BP 4229 F-06304 Nice Cedex 4 Eras Labo 222 RN 90 F-38330 Saint-Nazaire-les-Eymes Harp International Gellihirion Industrial Estate Rhondda, Cynon Taff Pontypridd CF37 5SX United Kingdom Health Protection Inspectorate-Laboratories Paldiski mnt 81 EE-10617 Tallinn Honeywell Specialty Chemicals Seelze GmbH Wunstorfer Straße 40 Postfach 100262 D-30918 Seelze Ineos Fluor Ltd PO Box 13 The Heath Runcorn Cheshire WA7 4QX United Kingdom Laboratorio Aldo-Union SA Baronesa de Maldá 73 Espluges de Llobregat E-08950 Barcelona LGC Standards GmbH Mercatorstraße 51 D-46485 Wesel Mallinckrodt Baker EMEA Teugseweg 20 7418 AM Deventer Nederland Mebrom Assenedestraat 4 B-9940 Rieme Ertvelde Merck KGaA Frankfurter Straße 250 D-64271 Darmstadt Mikro+Polo d.o.o. Zagrebška cesta 22 SI-2000 Maribor Ministry of Defense Defence Fuel Lubricants and Chemicals Service/Chemical Laboratory PO Box 10.000 1780 CA Den Helder Nederland Panreac Química SAU Pol. Ind. Pla de la Bruguera C/Garraf 2 E-08211 Castellar del Vallès — Barcelona Sanolabor d.d. Leskoškova 4 Ljubljana Slovenia SICOR SpA Via Terrazzano 77 I-20017 Rho Sigma Aldrich Chimie SARL 80, rue de Luzais L'Isle d'Abeau Chesnes F-38297 St-Quentin-Fallavier Sigma Aldrich Company The Old Brickyard, New Road Gillingham SP8 4XT United Kingdom Sigma Aldrich Laborchemikalien GmbH Wunstorfer Straße 40 D-30926 Seelze Sigma Aldrich Logistik GmbH Riedstraße 2 D-89555 Steinheim Tazzetti Fluids SRL Corso Europa n. 600/a I-10070 Volpiano (TO) Valeas SpA Pharmaceuticals Via Vallisneri, 10 I-20133 Milano Valvole Aerosol Research Italiana (VARI) SpA — LINDAL Group Italia Via del Pino, 10 I-23854 Olginate (LC) VWR I.SAS. 201, rue Carnot F-94126 Fontenay-sous-Bois

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