2008/470/CE: Decisión de la Comisión, de 7 de mayo de 2008 , relativa a la prohibición provisional del uso y de la venta en Austria de maíz modificado genéticamente ( Zea mays L. línea T25) con arreglo a la Directiva 2001/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2008) 1715] (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
Las medidas tomadas por Austria para prohibir la importación y transformación en alimentos y piensos de Zea mays L. línea T25, cuya comercialización se autorizó mediante la Decisión 98/293/CE, no están justificadas según lo dispuesto en el artículo 23 de la Directiva 2001/18/CE.
Article 2
Austria adoptará las medidas necesarias para poner fin a la prohibición de importación y transformación en alimentos y piensos de Zea mays L. línea T25, en el plazo máximo de 20 días a partir de su notificación.
Article 3
El destinatario de la presente Decisión es la República de Austria.
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