Reglamento (CE) n° 52/2008 de la Comisión, de 22 de enero de 2008 , relativo a la apertura para el año 2008 y los siguientes de un contingente arancelario aplicable a la importación en la Comunidad Europea de determinadas mercancías originarias de Islandia resultantes de la transformación de productos agrícolas contemplados en el Reglamento (CE) n° 3448/93 del Consejo
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008 y durante los siguientes años, las mercancías originarias de Islandia importadas en la Comunidad que figuran en el anexo estarán sujetas a los derechos recogidos en ese anexo dentro del límite del contingente anual que en él se menciona.
Article 2
La Comisión gestionará el contingente arancelario contemplado en el artículo 1 con arreglo a lo dispuesto en los artículos 308 bis, 308 ter y 308 quater del Reglamento (CEE) no 2454/93.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2008.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions