Reglamento (CE) n o 1257/2008 del Consejo, de 4 de diciembre de 2008 , que modifica el Reglamento (CE) n o 1579/2007 por el que se establecen, para 2008, las posibilidades de pesca y las condiciones correspondientes aplicables a determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces en el Mar Negro
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1 Modificación del Reglamento (CE) no 1579/2007
En el anexo I del Reglamento (CE) no 1579/2007, en la rúbrica «Rodaballo», los términos «No será aplicable el artículo 3 del Reglamento (CE) no 847/96» se sustituyen por «Será aplicable el artículo 3 del Reglamento (CE) no 847/96».
Article 2 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions