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Dictamen de la Comisión, de 20 de octubre de 2009 , relativo al plan modificado de evacuación de residuos radiactivos de la central nuclear de Chooz-B, Francia, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom

CELEX
32009A1021(01)
Document type
OPIN
Sector
Legislation
Date of document
2009-10-20
In force since
2009-10-20
Status
In force

Text

This document has no article-level structure in its source. Full text below.

Dictamen de la Comisión de 20 de octubre de 2009 relativo al plan modificado de evacuación de residuos radiactivos de la central nuclear de Chooz-B, Francia, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom (El texto en lengua francesa es el único auténtico) 2009/C 251/01 El 20 de abril de 2009 , la Comisión Europea recibió del Gobierno francés, de conformidad con el artículo 37 del Tratado Euratom, los datos generales relativos al plan modificado de evacuación de residuos radiactivos de la central nuclear de Chooz-B. Sobre la base de esos datos y previa consulta del Grupo de Expertos, la Comisión emite el dictamen siguiente:

1. respecto a los Estados miembros más próximos, la central se encuentra a 3,5 km de Bélgica, 70 km de Luxemburgo, 95 km de Alemania, 97 km de los Países Bajos y 270 km del Reino Unido; 2. las modificaciones previstas supondrán una reducción global de los límites de las emisiones gaseosas y líquidas, salvo las de tritio en estado líquido, para las que se prevé un aumento; 3. en condiciones normales de funcionamiento, las modificaciones previstas no causarán una exposición que pueda afectar a la salud de la población de otro Estado miembro; 4. en caso de producirse emisiones imprevistas de efluentes radiactivos como consecuencia de un accidente del tipo y la magnitud considerados en los datos generales iniciales, las modificaciones previstas del sistema de gestión del combustible no deberían afectar a la salud de la población de otro Estado miembro.

No obstante, en una situación de accidente más grave, las dosis a las que estaría expuesta la población podrían alcanzar niveles que requerirían la adopción de contramedidas por parte de las autoridades competentes. Dada la proximidad del territorio belga, las autoridades belgas competentes recibirán con la misma celeridad y grado de detalle que las autoridades francesas los datos específicos necesarios para informar y proteger a la población. La Comisión constata que, el 8 de septiembre de 1998 , los Gobiernos francés y belga firmaron un acuerdo bilateral de cooperación específico para la instalación en caso de incidentes o accidentes, de conformidad con la recomendación en este sentido formulada en el dictamen inicial de la Comisión de 1994.

Por consiguiente, la Comisión considera que la aplicación del plan modificado de evacuación de residuos radiactivos de la central nuclear de Chooz-B, Francia, no puede dar lugar, tanto en condiciones normales de funcionamiento como en caso de un accidente del tipo y la magnitud considerados en los datos generales, a una contaminación radiactiva del agua, del suelo o del espacio aéreo de otro Estado miembro.

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