2009/574/CE: Decisión del Consejo, de 28 de noviembre de 2008 , relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Barbados, Belice, la República del Congo, la República de Costa de Marfil, la República de las Islas Fiyi, la República Cooperativa de Guyana, Jamaica, la República de Kenia, la República de Madagascar, la República de Malawi, la República de Mauricio, la República de Mozambique, la Federación de San Cristóbal y Nieves, la República de Surinam, el Reino de Suazilandia, la República Unida de Tanzania, la República de Trinidad y Tobago, la República de Uganda, la República de Zambia y la República de Zimbabue sobre los precios garantizados del azúcar de caña para los períodos de entrega de 2006/2007, 2007/2008, 2008/2009 y 1 de julio de 2009 a 30 de septiembre de 2009 y a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y la República de la India sobre los precios garantizados del azúcar de caña para los mismos períodos de entrega
Text
Article-level text, parsed from the xhtml manifestation.
Article 1
Quedan aprobados en nombre de la Comunidad el Acuerdo en forma de Canje de Notas celebrado entre la Comunidad Europea y Barbados, Belice, la República del Congo, la República de Costa de Marfil, la República de las Islas Fiyi, la República Cooperativa de Guyana, Jamaica, la República de Kenia, la República de Madagascar, la República de Malawi, la República de Mauricio, la República de Mozambique, la Federación de San Cristóbal y Nieves, la República de Surinam, el Reino de Suazilandia, la República Unida de Tanzania, la República de Trinidad y Tobago, la República de Uganda, la República de Zambia y la República de Zimbabue sobre los precios garantizados del azúcar de caña para los períodos de entrega de 2006/2007, 2007/2008, 2008/2009 y 1 de julio de 2009 a 30 de septiembre de 2009, y el Acuerdo en forma de Canje de Notas celebrado entre la Comunidad Europea y la República de la India sobre los precios garantizados del azúcar de caña para los períodos de entrega de 2006/2007, 2007/2008, 2008/2009 y 1 de julio de 2009 a 30 de septiembre de 2009. El texto de los Acuerdos se adjunta a la presente Decisión.
Article 2
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la(s) persona(s) facultada(s) para firmar los Acuerdos a fin de obligar a la Comunidad.
Article 3
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea .
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions