Reglamento (CE) n o 698/2009 de la Comisión, de 31 de julio de 2009 , por el que se establece una excepción al Reglamento (CE) n o 501/2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 3/2008 del Consejo sobre acciones de información y de promoción de los productos agrícolas en el mercado interior y en los mercados de terceros países, en el caso de los programas de información y promoción de la leche y los productos lácteos en el mercado interior
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Article 1
No obstante el calendario ordinario previsto en el Reglamento (CE) no 501/2008 para los programas de información y promoción de la leche y los productos lácteos en el mercado interior que las organizaciones profesionales del sector deben presentar a los Estados miembros hasta el 15 de octubre de 2009, se contemplan las excepciones siguientes a dicho calendario: a) no obstante lo dispuesto en el artículo 11, apartado 1, párrafo primero, los Estados miembros notificarán a la Comisión, el 31 de octubre a más tardar, la lista provisional de programas seleccionados; b) no obstante lo dispuesto en el artículo 11, apartado 3, párrafo segundo, la Comisión decidirá, a más tardar el 15 de diciembre, qué programas puede cofinanciar.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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