2010/718/UE: Decisión del Consejo Europeo, de 29 de octubre de 2010 , por la que se modifica el estatuto respecto de la Unión de la isla de San Bartolomé
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Article 1
A partir del 1 de enero de 2012, la isla de San Bartolomé dejará de ser una región ultraperiférica de la Unión para acceder al estatuto de país y territorio de ultramar contemplado en la cuarta parte del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
Article 2
Por consiguiente, el TFUE se modifica como sigue: 1) En el artículo 349, párrafo primero, quedan suprimidas las palabras «San Bartolomé». 2) En el artículo 355, punto 1, quedan suprimidas las palabras «San Bartolomé». 3) En el anexo II se inserta un guión entre el relativo a San Pedro y Miquelón y el relativo a Aruba, que dirá como sigue: «— San Bartolomé,».
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2012.
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