Reglamento (UE) n o 351/2010 de la Comisión, de 23 de abril de 2010 , por el que se aplica el Reglamento (CE) n o 862/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre estadísticas comunitarias en el ámbito de la migración y la protección internacional, en lo que respecta a las definiciones de las categorías de grupos de países de nacimiento, grupos de países de residencia habitual anterior, grupos de países de residencia habitual posterior y grupos de nacionalidades (Texto pertinente a efectos del EEE)
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Article 1
El presente Reglamento establece las categorías de grupos de países de nacimiento, grupos de países de residencia habitual anterior, grupos de países de residencia habitual posterior y grupos de nacionalidades, tal como requiere el Reglamento (CE) no 862/2007.
Article 2
A efectos de las citadas categorías, se aplicarán las definiciones siguientes: a)«país de residencia habitual anterior»país de residencia habitual de la persona inmediatamente antes de inmigrar, con independencia de su nacionalidad o país de nacimiento;b)«país de residencia habitual posterior»país de residencia habitual de la persona después de emigrar, con independencia de su nacionalidad o país de nacimiento;c)«nivel de desarrollo»grado de desarrollo relativo de un país, determinado por los indicadores estadísticos de esperanza de vida, alfabetización, niveles educativos y producto interior bruto (PIB) per cápita;d)«nativo»persona que ha nacido en su actual país de residencia habitual, independientemente de su nacionalidad;e)«nacido en otro país»persona que no ha nacido en su actual país de residencia habitual, independientemente de su nacionalidad.
Article 3
Los grupos de países de nacimiento, grupos de países de residencia habitual anterior, grupos de países de residencia habitual posterior y grupos de nacionalidades en función de los cuales los Estados miembros deben trasmitir los datos a la Comisión están indicados en el anexo.
Article 4
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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