Skip to content
Seqlense EUR-Lex

Reglamento de Ejecución (UE) n ° 510/2010 del Consejo, de 14 de junio de 2010 , por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de determinados sistemas de escaneado de cargas originarios de la República Popular China

CELEX
32010R0510
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2010-06-14
In force since
2010-06-17
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 Se establece un derecho antidumping definitivo sobre los sistemas de escaneado de cargas que utilizan tecnología de neutrones, rayos X con una fuente de rayos X de 250 KeV o más, o radiaciones gamma, clasificados actualmente en los códigos NC ex90221900, ex90222900, ex90278017 y ex90301000 (códigos TARIC 9022190010, 9022290010, 9027801710 y 9030100091), y los vehículos de motor equipados con tales sistemas, clasificados actualmente en el código NC ex87059090 (código TARIC 8705909010), originarios de la República Popular China.

2 El tipo del derecho antidumping definitivo aplicable al precio neto franco en frontera de la Unión, no despachado de aduana, de los productos descritos en el apartado 1, será del 34 %.

3 Salvo que se indique lo contrario, serán de aplicación las disposiciones vigentes sobre derechos de aduana.

Article 2

Los importes garantizados por el derecho antidumping provisional en virtud del Reglamento (UE) no 1242/2009 sobre las importaciones de sistemas de escaneado de cargas, que utilizan tecnología de neutrones, rayos X con una fuente de rayos X de 250 KeV o más, o radiaciones gamma, clasificados actualmente en los códigos NC ex90221900, ex90222900, ex90278017 y ex90301000 (códigos TARIC 9022190010, 9022290010, 9027801710 y 9030100091), y los vehículos de motor equipados con tales sistemas, clasificados actualmente en el código NC ex87059090 (código TARIC 8705909010), originarios de la República Popular China, se percibirán definitivamente al tipo del derecho definitivo establecido de conformidad con el artículo 1. Se liberarán los importes garantizados superiores al tipo del derecho antidumping definitivo.

Article 3

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

What this act cites, and what cites it.

Show relations

Versions

Point-in-time consolidated versions of this act.

Show versions