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Reglamento (UE) n ° 1238/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2010 , por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n ° 2658/87 del Consejo en lo que se refiere al establecimiento de una franquicia arancelaria para determinados principios activos de productos farmacéuticos con «Denominación Común Internacional» (DCI) de la Organización Mundial de la Salud y determinadas sustancias utilizadas en la elaboración de productos farmacéuticos acabados

CELEX
32010R1238
Document type
REG
Sector
Legislation
Date of document
2010-12-15
In force since
2011-01-01
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

El anexo I, tercera parte, sección II, anexos 3, 4 y 6, del Reglamento (CEE) no 2658/87 (Listas de sustancias farmacéuticas que reúnan las condiciones para ser admitidas en franquicia) queda modificado como sigue: 1) A partir del 1 de enero de 2011, la Unión ampliará la franquicia arancelaria a las DCI enumeradas en el anexo I. 2) A partir del 1 de enero de 2011, se modificará, con arreglo a lo dispuesto en el anexo II, la lista de prefijos y sufijos que, en combinación con las DCI incluidas en el acuerdo del sector farmacéutico y sus revisiones, describen las sales, ésteres e hidratos de las DCI que también cumplen las condiciones para ser admitidas en franquicia, siempre y cuando se puedan clasificar en la misma subpartida de seis dígitos del SA que las DCI correspondientes. 3) A partir del 1 de enero de 2011, la Unión extenderá la franquicia arancelaria a los productos farmacéuticos intermedios utilizados en la producción y fabricación de los productos farmacéuticos acabados, enumerados en el anexo III. 4) A partir del 1 de enero de 2011, los productos farmacéuticos intermedios enumerados en el anexo IV se retirarán de la lista de compuestos que se benefician de la franquicia arancelaria.

Article 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El presente Reglamento será aplicable a partir del 1 de enero de 2011.

Relations

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