Reglamento (UE) n ° 1248/2010 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2010 , relativo a la apertura para 2011 del contingente arancelario aplicable a la importación en la Unión Europea de determinadas mercancías originarias de Noruega que resultan de la transformación de productos agrícolas regulados por el Reglamento (CE) n ° 1216/2009 del Consejo
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Article 1
1 Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, se abrirá el contingente arancelario de la Unión fijado en el anexo para las mercancías originarias de Noruega que figuran en dicho anexo, con arreglo a las condiciones especificadas en el mismo.
2 Las normas de origen aplicables mutuamente a las mercancías que figuran en el anexo serán las establecidas en el Protocolo no 3 del Acuerdo Bilateral de Libre Comercio entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega.
3 Cuando las cantidades importadas superen el volumen del contingente, se aplicará un derecho preferencial de 0,047 EUR por litro.
Article 2
La Comisión gestionará el contingente arancelario de la Unión contemplado en el artículo 1, apartado 1, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 308 bis, 308 ter y 308 quater del Reglamento (CEE) no 2454/93.
Article 3
Queda derogado el Reglamento (UE) no 1255/2009.
Article 4
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2011.
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