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2011/827/UE: Decisión de Ejecución del Consejo, de 30 de noviembre de 2011 , por la que se modifica la Decisión 2011/77/UE, sobre la concesión por la Unión de ayuda financiera a Irlanda

CELEX
32011D0827
Document type
DEC_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2011-11-30
In force since
2011-12-02
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

El artículo 3 de la Decisión 2011/77/UE queda modificado como sigue: 1) en el apartado 7, la letra g) se sustituye por el texto siguiente: «g) Recapitalización de los bancos nacionales antes de finalizar julio de 2011 (sujeta a la realización de los ajustes pertinentes por las ventas de activos previstas y los ejercicios de gestión del pasivo en el caso de Irish Life & Permanent y del Bank of Ireland), de acuerdo con los resultados del Informe de Evaluación del Capital Prudencial y el Informe de Evaluación de la Liquidez Prudencial, anunciados por el Banco Central de Irlanda el 31 de marzo de 2011. Para permitir un mayor reparto de la carga, la contribución final de 350 millones EUR destinada a recapitalizar el Bank of Ireland se completará antes de finalizar 2011 y toda recapitalización adicional de Irish Life & Permanent se completará tras la cesión del sector de seguros.»; 2) en el apartado 7, se suprimen las letras e) y p); 3) en el apartado 8, se añaden las letras siguientes: «d) Presentación de disposiciones legislativas al Oireachtas para apoyar a las cooperativas de crédito mediante un marco normativo más sólido que contemple una gobernanza y unos requisitos normativos más eficaces. e) Adopción de medidas para potenciar una estrategia presupuestaria creíble y afianzar el marco presupuestario. Irlanda adoptará y aplicará una norma presupuestaria con arreglo a la cual todos los ingresos no previstos que se obtengan en el período 2011-2015 se destinarán a la reducción del déficit y de la deuda. Irlanda adoptará una ley de responsabilidad presupuestaria que contenga disposiciones relativas a un marco presupuestario a medio plazo con unos límites máximos plurianuales vinculantes de gasto en cada ámbito, así como normas presupuestarias, y garantizará la independencia del consejo consultivo presupuestario. Tendrá en cuenta para ello las reformas revisadas de la gobernanza económica a nivel de la UE y se basará en las reformas ya realizadas.».

Article 2

El destinatario de la presente Decisión será Irlanda.

Article 3

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

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