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Reglamento de Ejecución (UE) n ° 783/2011 de la Comisión, de 5 de agosto de 2011 , que modifica el Reglamento (UE) n ° 724/2010, por el que se establecen las disposiciones de aplicación de los cierres en tiempo real de determinadas pesquerías en el Mar del Norte y el Skagerrak

CELEX
32011R0783
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2011-08-05
In force since
2011-08-13
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 4 Nivel de capturas como umbral de activación

1 El nivel de capturas que se considerará umbral de activación de los cierres de pesquerías en tiempo real, contemplados en el artículo 51 del Reglamento (CE) no 1224/2009, será el 10 % de los juveniles, en peso, con respecto al total de un lance de las cuatro especies mencionadas en el artículo 2.

2 No obstante, si la cantidad de bacalao de la muestra supera el 75 % con respecto al total de un lance de las cuatro especies, el nivel de capturas como umbral de activación será del 7,5 % de juveniles, en peso, con respecto al total de un lance de las cuatro especies.».

Article 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

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