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Reglamento de Ejecución (UE) n o  1023/2011 de la Comisión, de 14 de octubre de 2011 , por el que se abre una licitación en relación con una ayuda para el almacenamiento privado de aceite de oliva

CELEX
32011R1023
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2011-10-14
In force since
2011-10-16
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Objeto

1 Se abre una licitación con el fin de determinar el nivel de la ayuda al almacenamiento privado a que hace referencia el artículo 31, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 1234/2007 para el aceite de oliva virgen que se define en el punto 1, letra b), del anexo XVI del citado Reglamento.

2 La cantidad total por la que puede concederse la ayuda al almacenamiento privado será de 100000 toneladas.

Article 2 Normas aplicables

Se aplicará el Reglamento (CE) no 826/2008 salvo disposición en contrario del presente Reglamento.

Article 3 Presentación de las ofertas

1 El subperíodo durante el cual podrán presentarse las ofertas para la primera licitación parcial comenzará el 19 de octubre de 2011 y finalizará el 25 de octubre de 2011 a las 11.00 horas (hora de Bruselas). El subperíodo durante el cual podrán presentarse las ofertas para la segunda licitación parcial comenzará el primer día hábil siguiente al final del subperíodo precedente y finalizará el 8 de noviembre de 2009 a las 11.00 horas (hora de Bruselas).

2 Las ofertas corresponderán a un período de almacenamiento de 180 días.

3 Cada oferta abarcará una cantidad mínima de 50 toneladas.

4 Si un agente económico participa en una licitación por varias categorías de aceite o por recipientes situados en lugares diferentes, deberá presentar una oferta distinta para cada caso.

5 Las ofertas solo se podrán presentar en Grecia, España, Francia, Italia, Chipre, Malta, Portugal y Eslovenia.

Article 4 Garantías

El licitador depositará una garantía de 50 EUR por tonelada de aceite de oliva objeto de la oferta.

Article 5 Reducción de la duración de los contratos

De acuerdo con la evolución del mercado del aceite de oliva y las previsiones de evolución para el futuro, la Comisión podrá decidir reducir la duración de los contratos en curso y ajustar el importe de la ayuda en consecuencia, según el procedimiento establecido en el artículo 195, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1234/2007. El contrato celebrado con el adjudicatario incluirá una referencia a esta posibilidad.

Article 6 Notificación de las ofertas a la Comisión

De conformidad con el artículo 12 del Reglamento (CE) no 826/2008, los Estados miembros notificarán a la Comisión todas las ofertas válidas por separado dentro de las 24 horas siguientes a la finalización de cada subperíodo de licitación contemplado en el artículo 3, apartado 1, del presente Reglamento.

Article 7 Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

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Versions

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