Reglamento de Ejecución (UE) n ° 1238/2011 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2011 , que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n ° 372/2011, por el que se fija hasta el final de la campaña de comercialización 2011/12 el límite cuantitativo de las exportaciones de azúcar e isoglucosa fuera de cuota
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Article 1
«1 En la campaña de comercialización 2011/12, que irá del 1 de octubre de 2011 al 30 de septiembre de 2012, el límite cuantitativo al que se refiere el artículo 61, párrafo primero, letra d), del Reglamento (CE) no 1234/2007 será de 1350000 toneladas para las exportaciones sin restitución de azúcar blanco fuera de cuota del código NC 170199. Esta cantidad se desglosará de la siguiente forma: a) 700000 toneladas estarán disponibles a partir del 1 de diciembre de 2011, y b) 650000 toneladas estarán disponibles a partir del 1 de enero de 2012.»;
«3 El artículo 1, apartado 3, del Reglamento de Ejecución (UE) no 1010/2011 de la Comisión no se aplicará a la cantidad de 700000 toneladas que estará disponible a partir del 1 de diciembre de 2011 de acuerdo con el apartado 1 del presente artículo.
«1 En la campaña de comercialización 2011/12, que irá del 1 de octubre de 2011 al 30 de septiembre de 2012, el límite cuantitativo al que se refiere el artículo 61, párrafo primero, letra d), del Reglamento (CE) no 1234/2007 será de 70000 toneladas de materia seca para las exportaciones sin restitución de isoglucosa fuera de cuota de los códigos NC 17024010, 17026010 y 17029030.».
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de diciembre de 2011.
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