2012/145/UE: Decisión del Consejo, de 28 de febrero de 2012 , relativa a la celebración del Protocolo acordado entre la Unión Europea y la República de Guinea-Bissau por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de colaboración en el sector pesquero en vigor entre ambas Partes
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Article 1
Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Protocolo acordado entre la Unión Europea y la República de Guinea-Bissau por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y la República de Guinea-Bissau en vigor entre ambas Partes (denominado en lo sucesivo «el Protocolo»).
Article 2
El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el artículo 14 del Protocolo, a fin de expresar el consentimiento de la Unión en obligarse en virtud del Protocolo .
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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