2012/348/UE: Decisión del Consejo, de 18 de junio de 2012 , sobre la posición que debe adoptar la Unión Europea en los correspondientes comités de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas en relación con la adaptación al progreso técnico de los Reglamentos n os 11, 13H, 30, 44, 49, 54, 64, 101, 106 y 121, y del Reglamento Técnico Mundial n ° 1 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas en lo referente a los seguros de las puertas y a los componentes de retención de las puertas
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Article 1
La posición de la Unión Europea en las reuniones del Comité de Administración del Acuerdo revisado de 1958 y del Comité Ejecutivo del Acuerdo de 1998 que se celebrarán del 25 al 29 de junio de 2012 consistirá en votar a favor de las propuestas de modificación indicadas en el anexo.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor en la fecha de su adopción.
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