2012/728/UE: Decisión de la Comisión, de 23 de noviembre de 2012 , relativa a la no inclusión de la bifentrina para el tipo de producto 18 en los anexos I, IA o IB de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la comercialización de biocidas [notificada con el número C(2012) 8442] Texto pertinente a efectos del EEE
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Article 1
La bifentrina (No CAS 82657-04-3) no se incluirá en los anexos I, IA o IB de la Directiva 98/8/CE para el tipo de producto 18.
Article 2
A efectos del artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1451/2007, los biocidas del tipo de producto 18 que contengan bifentrina (No CAS 82657-04-3) dejarán de comercializarse a partir del 1 de mayo de 2013.
Article 3
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
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