2013/443/UE: Decisión de Ejecución de la Comisión, de 27 de agosto de 2013 , relativa a determinadas medidas de protección en relación con la gripe aviar de alta patogenicidad del subtipo H7N7 en Italia, incluido el establecimiento de otras zonas restringidas, y por la que se deroga la Decisión de Ejecución 2013/439/UE [notificada con el número C(2013) 5623] Texto pertinente a efectos del EEE
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Article 1
Italia garantizará que las zonas de protección y vigilancia, y otras zonas restringidas, establecidas de conformidad con el artículo 16, apartados 1 y 4, de la Directiva 2005/94/CE, abarquen, como mínimo, las zonas que figuran en las partes A, B y C del anexo de la presente Decisión.
Article 2
1 Italia garantizará que no se envíe desde las zonas enumeradas en las partes A, B y C del anexo ninguna partida de aves de corral vivas, pollitas maduras para la puesta, pollitos de un día o huevos para incubar a otros Estados miembros o terceros países.
2 No obstante lo dispuesto en el apartado 1, la autoridad competente de Italia podrá autorizar el envío de partidas de pollitos de un día y huevos para incubar desde las zonas enumeradas en la parte C del anexo a otros Estados miembros o terceros países, a condición de que: a) se apliquen las medidas establecidas en el segundo párrafo del artículo 30, letra c), incisos iii) y iv), de la Directiva 2005/94/CE; b) se haya notificado el envío por escrito y por adelantado a la autoridad competente del Estado miembro o del tercer país de destino y esta se haya comprometido a recibir las partidas de pollitos de un día y huevos para incubar y a notificar a la autoridad competente de Italia la fecha de llegada de las mismas a la explotación de destino en su territorio.
3 Italia garantizará que los certificados veterinarios que acompañen a las partidas mencionadas en el apartado 2 para su envío a otros Estados miembros incluyan la frase: «La presente partida cumple las condiciones zoosanitarias establecidas en la Decisión de Ejecución 2013/443/UE de la Comisión de la Comisión.
Article 3
Queda derogada la Decisión de Ejecución 2013/439/UE.
Article 4
El destinatario de la presente Decisión será la República Italiana.
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