2013/752/UE: Decisión de Ejecución de la Comisión, de 11 de diciembre de 2013 , por la que se modifica la Decisión 2006/771/CE sobre la armonización del espectro radioeléctrico para su uso por dispositivos de corto alcance y se deroga la Decisión 2005/928/CE [notificada con el número C(2013) 8776] Texto pertinente a efectos del EEE
Text
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Article 1
En el artículo 2 de la Decisión 2006/771/CE se añade el siguiente punto: «3) “categoría de dispositivos de corto alcance” significa un grupo de dispositivos de corto alcance que utilizan el espectro con mecanismos técnicos similares de acceso al espectro o sobre la base de escenarios de uso comunes.».
Article 3
1 Los Estados miembros designarán y facilitarán, en modo no exclusivo, libre de interferencias y no protegido, las bandas de frecuencias para las categorías de dispositivos de corto alcance, con sujeción a las condiciones específicas y al plazo de aplicación que establece el anexo de la presente Decisión.
2 No obstante lo dispuesto en el apartado 1, los Estados miembros podrán solicitar acogerse al artículo 4, apartado 5, de la Decisión del espectro radioeléctrico.
3 La presente Decisión se entenderá sin perjuicio del derecho de los Estados miembros a permitir el uso de las bandas de frecuencias en condiciones menos restrictivas o para dispositivos de corto alcance que no formen parte de la categoría armonizada, siempre que ello no impida ni vaya en detrimento de la posibilidad de que los dispositivos de corto alcance de esa categoría se apoyen en el conjunto adecuado de condiciones técnicas y operativas armonizadas, tal y como se especifica en el anexo de la presente Decisión, que permitan el uso compartido de una parte concreta del espectro a título no exclusivo y para fines distintos por parte de dispositivos de corto alcance de la misma categoría.».
Article 3
El anexo de la Decisión 2006/771/CE se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Article 4
Queda derogada la Decisión 2005/928/CE.
Article 5
Los Estados miembros informarán a la Comisión sobre la aplicación de la presente Decisión a más tardar el 1 de septiembre de 2014.
Article 6
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
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