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Seqlense EUR-Lex

2013/780/UE: Decisión de Ejecución de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 , por la que se establece una excepción al artículo 13, apartado 1, inciso ii), de la Directiva 2000/29/CE del Consejo en relación con la madera aserrada sin corteza de Quercus L., Platanus L. y Acer saccharum Marsh. originaria de los Estados Unidos de América [notificada con el número C(2013) 9166]

CELEX
32013D0780
Document type
DEC_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2013-12-18
In force since
2013-12-19
End of validity
2026-12-31
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

No obstante lo dispuesto en el artículo 13, apartado 1, inciso ii), de la Directiva 2000/29/CE, se autorizará a los Estados miembros a permitir la introducción en sus territorios de madera aserrada sin corteza de Quercus L., Platanus L. y Acer saccharum Marsh. originaria de los Estados Unidos de América y cubierta por uno de los códigos de la nomenclatura combinada, que se describe en la parte B, sección I, punto 6, del anexo V de dicha Directiva, sin que vaya acompañada de un certificado fitosanitario siempre que la madera en cuestión cumpla las condiciones establecidas en el anexo de la presente Decisión.

Article 2

1 Cuando los Estados miembros se hayan acogido a la excepción contemplada en el artículo 1, informarán de ello a la Comisión y a los demás Estados miembros por escrito. Los Estados miembros que se acojan a la excepción facilitarán a la Comisión y a los demás Estados miembros antes del 15 de julio de cada año información sobre el número de partidas importadas el año anterior de conformidad con el artículo 1 de la presente Decisión y entregarán un informe detallado sobre todos los casos de las partidas interceptadas a las que se hace referencia en el apartado 2 del presente artículo.

2 Cuando los Estados miembros intercepten alguna partida que se haya introducido en su territorio en virtud del artículo 1 sin cumplir las condiciones establecidas en el anexo, lo notificarán a la Comisión y a los demás Estados miembros a más tardar en los dos días laborables siguientes a la fecha de la interceptación.

3 La Comisión pedirá a los Estados Unidos de América que le faciliten la información técnica necesaria para poder evaluar el funcionamiento del Programa de Certificación de Secado en Estufa de Tablones de Madera Dura Aserrada.

Article 3

La presente Decisión expirará el 30 de noviembre de 2016.

Article 4

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Relations

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