Reglamento de Ejecución (UE) n ° 456/2013 de la Comisión, de 16 de mayo de 2013 , por el que se establecen medidas transitorias respecto a los contingentes de importación de leche, en virtud del Reglamento (CE) n ° 2535/2001, y a los contingentes de importación de carne de vacuno, en virtud de los Reglamentos (CE) n ° 412/2008 y (CE) n ° 431/2008, debido a la adhesión de Croacia a la Unión Europea
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Article 1 Medidas transitorias relativas al Reglamento (CE) no 2535/2001
1 No obstante lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento (CE) no 2535/2001, para las importaciones en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2014 en el ámbito de los contingentes contemplados en el título 2, capítulo I, y en el título 2, capítulo III, sección 2, de dicho Reglamento, se concederá la acreditación a los solicitantes que presenten, antes del 1 de octubre de 2013, una solicitud en este sentido a las autoridades competentes de Croacia, donde deben estar establecidos y registrados a efectos del IVA, junto con la prueba de que durante 2011 y 2012 importaron a Croacia o exportaron desde Croacia al menos 25 toneladas de productos lácteos incluidos en capítulo 04 de la nomenclatura combinada.
2 A efectos de la aplicación del apartado 1, no se considerarán importaciones o exportaciones las transacciones efectuadas en el contexto del perfeccionamiento activo o pasivo.
3 No obstante lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento (CE) no 2535/2001, la autoridad competente de Croacia comunicará, antes del 1 de noviembre de 2013, a los solicitantes el resultado del procedimiento de acreditación y, en su caso, el número de acreditación. La acreditación será válida hasta el 30 de junio de 2014.
4 No obstante lo dispuesto en el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) no 2535/2001, la autoridad competente de Croacia enviará, antes del 15 de noviembre de 2013, sus listas de importadores autorizados, de conformidad con el apartado 3 de dicho artículo, a la Comisión, que a su vez las transmitirá a las autoridades competentes de los demás Estados miembros. Solo los importadores que figuren en esa lista estarán autorizados para solicitar certificados del 20 al 30 de noviembre de 2013, para las importaciones que vayan a realizarse entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2014, de conformidad con los artículos 11 a 14 del Reglamento (CE) no 2535/2001.
Article 2 Medidas transitorias relativas al Reglamento (CE) no 412/2008
No obstante lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 412/2008, en lo que atañe al período del contingente arancelario de importación comprendido entre el 1 de julio de 2013 y el 30 de junio de 2014, los solicitantes de derechos de importación de Croacia deberán demostrar que están autorizados como establecimientos de transformación para exportar a la Unión en virtud del artículo 12 del Reglamento (CE) no 854/2004 y deberán demostrar a las autoridades competentes de Croacia que han mantenido su actividad en la elaboración de productos transformados que contienen carne de vacuno, de conformidad con la legislación croata, durante cada uno de los dos períodos de referencia contemplados en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1301/2006.
Article 3 Medidas transitorias relativas al Reglamento (CE) no 431/2008
No obstante lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, del Reglamento (CE) no 431/2008, para el período contingentario que comienza el 1 de julio de 2013, los solicitantes de derechos de importación de Croacia deberán demostrar a las autoridades competentes de Croacia que una cantidad de carne de vacuno de los códigos NC 0201, 0202, 02061095 o 02062991 ha sido importada por ellos o en su nombre, con arreglo a las disposiciones aduaneras croatas pertinentes, durante el período comprendido entre el 1 de mayo de 2012 y el 30 de abril de 2013, estando excluidas, no obstante, las importaciones procedentes de los Estados miembros. Esa cantidad constituirá la cantidad de referencia.
Article 4 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor en la fecha y a reserva de la entrada en vigor del Tratado de adhesión de Croacia.
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