Reglamento (UE) n ° 680/2013 del Consejo, de 15 de julio de 2013 , por el que se modifica el Reglamento (UE) n ° 1259/2012 relativo al reparto de las posibilidades de pesca con arreglo al Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera establecidas en el Acuerdo de Asociación en el sector pesquero entre la Unión Europea y la República Islámica de Mauritania para un período de dos años
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Article 1
En el Reglamento (UE) no 1259/2012, en el artículo 1, apartado 1, las letras e) y f) se sustituyen por el texto siguiente: «e) Categoría 5 — Atuneros cerqueros España17 licenciasFrancia8 licencias f) Categoría 6 — Atuneros cañeros y palangreros de superficie España18 licenciasFrancia1 licencia».
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 20 de febrero de 2013.
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