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Reglamento (UE) n ° 758/2013 de la Comisión, de 7 de agosto de 2013 , que corrige el anexo VI del Reglamento (CE) n ° 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas Texto pertinente a efectos del EEE

CELEX
32013R0758
Document type
REG
Sector
Legislation
Date of document
2013-08-07
In force since
2013-08-13
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

En la parte 3 del anexo VI del Reglamento (CE) no 1272/2008, las entradas de la tabla 3.1, modificada por los anexos I y II del Reglamento (CE) no 790/2009, correspondientes a las entradas recogidas en el anexo I del presente Reglamento, se sustituyen por las entradas que figuran en dicho anexo.

Article 2

En la parte 3 del anexo VI del Reglamento (CE) no 1272/2008, las entradas de la tabla 3.2, modificada por los anexos IV y V del Reglamento (CE) no 790/2009, correspondientes a las entradas recogidas en el anexo II del presente Reglamento, se sustituyen por las entradas que figuran en dicho anexo.

Article 3

Las entradas que figuran en el anexo III del presente Reglamento se añaden a la tabla 3.1 de la parte 3 del anexo VI del Reglamento (CE) no 1272/2008.

Article 4

Las entradas que figuran en el anexo IV del presente Reglamento se añaden a la tabla 3.2 de la parte 3 del anexo VI del Reglamento (CE) no 1272/2008.

Article 5

Los proveedores no tendrán que etiquetar o envasar de nuevo las sustancias enumeradas en los anexos del presente Reglamento, ni las sustancias o mezclas que las contengan, que ya hayan comercializado de conformidad con el Reglamento (CE) no 1272/2008 antes de la entrada en vigor del presente Reglamento.

Article 6

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

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