Reglamento Delegado (UE) n ° 1002/2013 de la Comisión, de 12 de julio de 2013 , por el que se modifica el Reglamento (UE) n ° 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones en lo que respecta a la lista de entidades exentas Texto pertinente a efectos del EEE
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Article 1
En el artículo 1, apartado 4, del Reglamento (UE) no 648/2012, se añade la letra c) siguiente: «c) a los bancos centrales y los organismos públicos encargados de la gestión de la deuda pública o que intervengan en dicha gestión en los siguientes países: i) Japón, ii) Estados Unidos de América.».
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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