Reglamento (UE) n ° 1181/2013 del Consejo, de 19 de noviembre de 2013 , por el que se fija para el año civil 2013 el porcentaje de ajuste de los pagos directos previsto en el Reglamento (CE) n ° 73/2009 del Consejo, y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) n ° 964/2013 de la Comisión
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Article 1
1 Los importes de los pagos directos, a tenor del artículo 2, letra d), del Reglamento (CE) no 73/2009, superiores a 2000 EUR, que deban concederse a un agricultor por una solicitud de ayuda presentada con respecto al año civil 2013 se reducirán un 2,453658 %.
2 La reducción prevista en el apartado 1 no se aplicará en Bulgaria, Rumanía ni Croacia.
Article 2
Queda derogado el Reglamento de Ejecución (UE) no 964/2013.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de diciembre de 2013.
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