Reglamento de Ejecución (UE) n ° 1352/2013 de la Comisión, de 4 de diciembre de 2013 , por el que se establecen los formularios previstos en el Reglamento (UE) n ° 608/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la vigilancia por parte de las autoridades aduaneras del respeto de los derechos de propiedad intelectual
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
1 La solicitud por la que se pide a las autoridades aduaneras intervengan sobre mercancías sospechosas de vulnerar un derecho de propiedad intelectual (solicitud) contemplada en el artículo 6 del Reglamento (UE) no 608/2013 deberá efectuarse utilizando el formulario establecido en el anexo I del presente Reglamento.
2 La petición de ampliación del plazo durante el cual las autoridades aduaneras deben intervenir (petición de ampliación del plazo) contemplada en el artículo 12 del Reglamento (UE) no 608/2013 deberá efectuarse utilizando el formulario establecido en el anexo II del presente Reglamento.
3 Los formularios establecidos en los anexos I y II se cumplimentarán de conformidad con las notas sobre su cumplimentación establecidas en el anexo III.
Article 2
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5, apartado 6, del Reglamento (UE) no 608/2013, los formularios de los anexos I y II del presente Reglamento podrán cumplimentarse, si fuera necesario, de forma legible a mano. Los formularios no deberán presentar tachaduras, enmiendas ni otras modificaciones y deberán constar de dos ejemplares. En caso de cumplimentarse a mano, se rellenarán con tinta y en caracteres de imprenta.
Article 3
Queda derogado el Reglamento (CE) no 1891/2004.
Article 4
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2014.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions