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2014/395/UE: Decisión de la Comisión, de 24 de junio de 2014 , relativa a la comercialización para usos esenciales de biocidas que contengan cobre [notificada con el número C(2014) 4062]

CELEX
32014D0395
Document type
DEC_ENTSCHEID
Sector
Legislation
Date of document
2014-06-24
In force since
2014-06-25
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

1 Sin perjuicio de las condiciones establecidas en el artículo 5, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1451/2007, Irlanda, Estonia, Italia, Polonia, Francia, Bélgica, el Reino Unido, Alemania, Letonia, Finlandia, Luxemburgo, Suecia, Dinamarca y Malta podrán autorizar la comercialización de biocidas que contengan cobre (CE no 231-159-6; Cas no 7440-50-8) para los usos indicados en el anexo de la presente Decisión.

2 Si los expedientes de autorización del cobre respecto a los tipos de producto pertinentes para dichos usos se presentan y son validados como completos por el Estado miembro evaluador a más tardar el 31 de diciembre de 2014, Irlanda, Estonia, Italia, Polonia, Francia, Bélgica, el Reino Unido, Alemania, Letonia, Finlandia, Luxemburgo, Suecia, Dinamarca y Malta podrán seguir permitiendo dicha comercialización hasta que concluyan los plazos previstos por el artículo 89 del Reglamento (UE) no 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas en los casos en que una sustancia haya sido, o no, autorizada.

3 En casos distintos de los previstos en el apartado 2, Irlanda, Estonia, Italia, Polonia, Francia, Bélgica, el Reino Unido, Alemania, Letonia, Finlandia, Luxemburgo, Suecia, Dinamarca y Malta podrán seguir permitiendo dicha comercialización hasta el 31 de diciembre de 2017, siempre que esos Estados miembros garanticen que, a partir del 1 de enero de 2015, los usuarios estarán debidamente informados de la necesidad inmediata de aplicar efectivamente métodos alternativos a los efectos oportunos.

Article 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán Irlanda, la República de Estonia, la República Italiana, la República de Polonia, la República Francesa, el Reino de Bélgica, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la República Federal de Alemania, la República de Letonia, la República de Finlandia, el Gran Ducado de Luxemburgo, el Reino de Suecia, el Reino de Dinamarca y la República de Malta.

Relations

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