2014/837/UE: Decisión Consejo, de 27 de noviembre de 2014 , por la que se determinan algunas consecuencias financieras directas que se derivan de la decisión del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de dejar de participar en determinados actos de la Unión en el ámbito de la cooperación policial y judicial en materia penal adoptados antes de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa
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Article 1
Si no respeta alguno de los plazos establecidos en el artículo 2 de la Decisión 2014/836/UE o si decide no participar en las Decisiones Prüm, el Reino Unido reembolsará hasta 1508855 EUR, al presupuesto general de la Unión, las sumas recibidas con arreglo al programa «Prevención y lucha contra la delincuencia».
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de diciembre de 2014.
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