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2014/871/UE: Decisión del Consejo, de 1 de diciembre de 2014 , por la que se establece la posición que se ha de adoptar, en nombre de la Unión Europea, en la octava reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre los Efectos Transfronterizos de los Accidentes Industriales en relación con la propuesta de enmienda de su anexo I

CELEX
32014D0871
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2014-12-01
In force since
2014-12-01
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

La posición que se ha de adoptar, en nombre de la Unión, en la octava reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre los Efectos Transfronterizos de los Accidentes Industriales será la de apoyar de manera sustantiva la enmienda propuesta del anexo I del Convenio, incluido su corrigendum, que se adjunta a la presente Decisión.

Article 2

Se autoriza al presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para retirar en nombre de la Unión las reservas restantes formuladas en virtud de la Decisión 98/685/CE , a reserva de la entrada en vigor, con arreglo al artículo 26, apartado 4, del Convenio, de la enmienda de su anexo I contemplada en el artículo 1 de la presente Decisión.

Article 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

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